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El Número del Día: 340 buses eléctricos fabricados por TATA Motors desembarcarán en Mumbai, India

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Tata Motors entregó el sábado 35 autobuses eléctricos a Brihanmumbai Electric Supply and Transport (BEST), que brinda servicio de transporte en autobús en Mumbai, como parte de un pedido más grande de 340 autobuses eléctricos.

Los autobuses eléctricos de CA Tata Starbus de 35 plazas fueron señalizados por el ministro jefe de Maharashtra, Uddhav Thackeray.

India: La ciudad de Mumbai suma 340 buses eléctricos fabricados por TATA Motors

Las disposiciones y protocolos que la CNRT envió a las empresas de transporte público para prevenir la propagación del virus

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El presente protocolo tiene por finalidad establecer las pautas mínimas de higiene y prevención que contribuyan a minimizar la propagación del virus SARS-CoV-2 que provoca la enfermedad denominada Covid-19; las que deberán ser observadas por los destinatarios del mismo.

Destinatarios

El presente protocolo se encuentra dirigido a todos los operadores de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional, transporte de carga de jurisdicción nacional e internacional y a los concesionarios de las terminales de ómnibus y ferroautomotoras bajo la órbita de control de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

Asimismo, contiene recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, dirigidas a las estaciones y terminales de jurisdicción provincial y municipal y demás Autoridades Jurisdiccionales.

Medidas de prevención generales y comunes para todos los destinatarios
En consonancia con las recomendaciones emitidas por el MINISTERIO DE SALUD, se deberá:

• En ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de “caso confirmado”, “caso sospechoso”, o “contacto estrecho” de COVID-19, conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del Decreto N° 260/20, prorrogado en los términos del Decreto N° 167/21, sus modificatorios y normas complementarias.
Extremar las condiciones de higiene en las unidades de transporte, cabeceras, terminales de ómnibus, ferroautomotoras y en todos los sitios donde transiten o permanezcan todos los actores vinculados a la actividad de los sujetos alcanzados.
• Extremar las acciones tendientes al cuidado del personal asignado a la prestación de los servicios, mediante la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el MINISTERIO DE SALUD, en lugares de fácil acceso.
• El material de desecho debe disponerse siguiendo las guías emitidas por el Ministerio de Salud de la Nación y las recomendaciones de la Junta de Seguridad en el Transporte (JST), según surge del Anexo II de la Resolución 16/2020 de esa Junta de Seguridad.
• Supervisar que los suministros para el lavado de manos (es decir, jabón, toallas desechables) estén constantemente disponibles.
• Proveer elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (podrán ser reutilizables), a los conductores y demás empleados que desarrollen tareas vinculadas a la actividad en las distintas instalaciones fijas de las empresas, conforme lo dispuesto RESOL-2020-95-APN-MTR.
• A los fines de la obligación de proveer adecuadamente los elementos de protección de boca, nariz y mentón, se entenderá que la misma será cumplida cuando se trate de elementos de que resulten lavables sin afectar su eficacia en materia de protección. Cuando dichos elementos de protección hayan agotado su vida útil, deberán ser provistos nuevamente por las empresas. Los mentados elementos de protección de boca, nariz y mentón deberán ser industriales, no caseros.
• Se permitirá el acceso a las bases operativas al personal, observando el aforo correspondiente, en los términos de la Resolución Conjunta N° 4/2021 del MINISTERIO DE SALUD Y MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL -RESFC-2021-4-APN-MS-, a quienes se le tomará la temperatura previa al ingreso al establecimiento. Quedará denegado el paso a cualquier individuo que evidencie un cuadro febril o síntomas compatibles con el diagnóstico de Covid-19, convocando en esos casos a los profesionales de salud para su rápido control y atención.
• Implementar el teletrabajo y ejecución de tareas a distancia en todos los casos que no se correspondan con trabajos esenciales propios de la actividad
• Minimizar el contacto físico a través de la circulación de elementos, incluidos papeles y dinero, y fomentar el uso digital en cualquier transacción.
• Instruir en forma permanente y comunicar eficientemente a todo el personal involucrado, sobre las indicaciones de distanciamiento social aprobadas por el Ministerio de Salud como así también de todas aquellas normas y medidas impartidas por dicha autoridad en el marco de la emergencia sanitaria.
• Notificar y capacitar al personal respecto a los protocolos y normas emitidas por las autoridades nacionales y provinciales relacionadas a la pandemia COVID-19.
• Establecer y poner a disposición de todos los actores involucrados, un plan de contingencia COVID-19 que contemple como mínimo: lugares específicos de aislamiento dentro de las instalaciones, y en caso de ser necesario, de uso exclusivo fuera de éstas; números telefónicos de servicios médicos donde contactarse ante un caso sospechoso, una situación de crisis o una emergencia sanitaria; identificación de los lugares donde se encuentran disponibles los elementos que garantizan la higiene y los equipos de protección
personal; medidas de desinfección y lugares de desecho del material, correspondiendo esto último a lo indicado previamente.
• Observar y dar estricto cumplimiento a las medidas obligatorias y recomendaciones impartidas por el Ministerio de Salud de la Nación a través de las Resoluciones Nº 568/2020, 627/2020 y concordantes a ellas, como así también las que se dicten al respecto en el futuro.
• Preservar toda la información referente al personal que trabajó en cada vehículo como así también de los pasajeros en los casos que fuera posible, de forma tal que ante la detección de un caso sospechoso o confirmado se pueda identificar y comunicar a todas las personas que hayan estado en contacto con el caso y como así también a la Autoridad Sanitaria correspondiente.
• Se reorganizarán las áreas cerradas de uso común (comedores, vestuarios, áreas de descanso, etc.) de manera que se respete las distancias de seguridad recomendadas entre las personas, debiendo asimismo observarse lo relativo al material de desecho.
• En los supuestos de denuncias de una enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SAR-Cov2, deberá darse intervención a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) que corresponda, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 367/2020 y la Resolución N° 38/2020 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
• De acuerdo a recomendaciones del Ministerio de Salud, se deberá considerar que en estaciones y terminales jurisdiccionales –provincial y municipal- se garanticen las medidas de distanciamiento, se resguarde la accesibilidad exclusivamente a los pasajeros, se proceda a la ventilación, la desinfección y limpieza, en especial de los espacios comunes y sanitarios
• Asimismo, el Ministerio de Salud recomienda que se adopten los recaudos necesarios para que esas autoridades jurisdiccionales en acuerdo con los administradores de dichas estaciones y terminales, implementen los mecanismos necesarios para la toma de la temperatura de todos los trabajadores, tripulantes y pasajeros.
• Finalmente, el Ministerio de Salud aconseja que en todo momento del servicio -embarque, viaje y desembarque-, incluso en las terminales y estaciones jurisdiccionales, las autoridades locales prevean el manejo de casos y el rastreo de contactos estrechos, identificando la autoridad jurisdiccional responsable de activar el protocolo para ello y de desactivarlo, e identificando el lugar de derivación para internación yaislamiento y el modo de traslado hacia dichos lugares.

• Difusión y comunicación
Las empresas transportistas y concesionarios de terminales alcanzados por el presente protocolo, deberán difundir medidas de prevención al público usuario y cuerpo de trabajadores, mediante la cartelería y/o información que brinden y/o establezcan las autoridades nacionales y locales en materia de salud y/o de transporte.
Dicho material informativo, deberá estar ubicado en lugares visibles y con lenguaje sencillo. Según corresponda, deberá encontrarse fijada al menos en:
• los lugares de esparcimiento y descanso;
• los puntos de ingreso/egreso de las terminales y estaciones;
• los locales de venta de pasajes/boletos. Este supuesto está enunciado para los casos de excepción que por fuerza mayor opere la venta no presencial;
• las escaleras de ascenso o descenso;
• las oficinas de atención al público y propias de la gestión administrativa;
• los vehículos de transporte urbano y suburbano y aquellos correspondientes al transporte interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional y el de carácter internacional;
• el ingreso a los sanitarios y dentro de ellos;
• dentro de los vehículos, frente al baño o en el área de ascenso de la unidad, describiendo las normas y obligaciones de comportamiento durante el viaje. En caso que la unidad cuente con intercomunicador, se difundirán las mismas apenas comenzado el servicio;
Caso contrario y siempre que pueda mantener una distancia prudencial, el conductor podrá informar las normas a viva voz a bordo o antes del ascenso.

Asimismo, deberán transmitir el video o comunicación que les proporcione la CNRT, como mínimo, de la siguiente manera:
Vehículos (en caso de estar equipada la unidad): al inicio del viaje y al finalizar el mismo. Si el trayecto del viaje cuenta con paradas o escalas, deberá reproducirse o comunicarse en cada una de ellas para informar a todo pasajero que haya ascendido.
Terminales/Estaciones: de manera periódica cada 30 minutos.
Instalaciones fijas (cabeceras, talleres, oficinas): al inicio de la jornada laboral y a su finalización.

II – PARTICULARIDADES
Sin perjuicio de las normas que los operadores y las concesionarias determinen en el marco de la emergencia y acciones de prevención con relación al denominado COVID-19, se deberá dar cumplimiento como mínimo, con las presentes instrucciones y de acuerdo a las diferentes situaciones en el desarrollo del servicio de transporte.

a. SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO AUTOMOTOR URBANO DE PASAJEROS
Mantenimiento del nivel de servicio Durante la vigencia de lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el dictado del DNU N° 297/2020 y sus sucesivas prórrogas y complementarias, las empresas deberán mantener los esquemas de frecuencias para la prestación de servicios, establecidos mediante RESOL-2020-110-APN-MTR, o las que
en el futuro las reemplacen; garantizando la máxima frecuencia de sus servicios, tomando en cuenta la disponibilidad de vehículos y personal de conducción habilitados
• En el marco de la RESOL-2021-269-APN-MTR, sólo podrán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles. Excepcionalmente, en los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, la capacidad podrá ampliarse hasta VEINTE (20) pasajeros de pie.
• En los aglomerados, departamentos o partidos que se encuentren en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, el uso de los servicios públicos de pasajeros quedará reservado exclusivamente para aquellos pasajeros afectados a las actividades, servicios y situaciones comprendidas en los términos del artículo 11 del Decreto N° 125/21 y/o personal docente, no docente y alumnado que deba concurrir a actividades académicas presenciales, donde se hubiera autorizado, así como las personas que deban concurrir para la atención de su salud, o tengan turno de vacunación, con sus acompañantes, si correspondiere. A tal efecto, los pasajeros deberán portar el “CERTIFICADO UNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN – EMERGENCIA COVID-19” y/o exhibir el permiso emitido por la aplicación “CUIDAR” en su dispositivo móvil y/o el que en el futuro la normativa vigente requiera. Asimismo, y mientras dure la situación de alarma epidemiológica y sanitaria, en estas zonas en los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, la capacidad podrá ampliarse hasta DIEZ (10) pasajeros de pie.

• Pautas de prevención para el personal de conducción
Las operadoras seleccionarán al personal de conducción y al resto del personal, de acuerdo a un orden de prioridad según los parámetros de riesgo, conforme lo determina el Ministerio de Salud. Se deberán observar las siguientes recomendaciones:
Antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los conductores y si presenta fiebre o algún síntoma de la enfermedad provocada por el virus identificado como COVID-19 (conforme lo determina el Ministerio de Salud), no deberá tomar servicio y deberá seguirse el protocolo para el personal enfermo.
Posteriormente deberá darse intervención a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que corresponda, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°367/2020 y en la Resolución Nº 38/2020 de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

• En todas las unidades, sin perjuicio del diseño que tengan las mismas, deberá instalarse una separación física que separe a los pasajeros de los conductores. Ésta, deberá ser de material transparente, de manera que no se vean afectadas las condiciones de visibilidad ni comprometer las condiciones de seguridad con que deben prestarse los servicios.

• Fijar en el interior de los vehículos, de manera visible a todo el pasaje, la cartelería que establezcan las Autoridades competentes en la materia, destinada a proteger la salud de conductores y pasajeros.

• En las terminales, los choferes deberán realizar su descanso manteniendo la distancia de seguridad entre sus compañeros y no deberán compartir utensilios (ej: mate).

• Será obligatorio tanto para el conductor como para los pasajeros, el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (que podrán ser reutilizables), en el marco de lo establecido en la RESOL2020- 95-APN-MTR.

• En caso de asistir a talleres de Revisión Técnica Obligatoria, debe respetarse lo dispuesto por las Resolución Nº 96/2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

• Acondicionamiento del vehículo
En forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización como mínimo, el interior del vehículo deberá ser desinfectado mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoníaco u otro desinfectante que en el futuro se sugieran conforme nuevas evidencias científicas; prestando especial atención a los pasamanos y todos los elementos que utilizan habitualmente para sujetarse los pasajeros,
según indicaciones del Ministerio de Salud conforme surgen de la NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera.

Mientras el vehículo se encuentre a la espera de iniciar servicio, como a la finalización del mismo, deberá permanecer con sus ventanillas abiertas para facilitar la ventilación continua. Durante su circulación, deberá contar con una correcta ventilación, de conformidad a las siguientes pautas:

Vehículos de transporte automotor sin aire acondicionado: deberán circular con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertos durante todo el viaje a fin de mantener la máxima circulación de aire.

• Vehículos de transporte automotor con aire acondicionado: deberán circular con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertas durante todo el viaje a fin de mantener la circulación de aire y, además, en época de altas temperaturas, se accionará el aire acondicionado en un modo que garantice la mayor cantidad de toma de aire del exterior (no recirculación). Asimismo, se debe asegurar la limpieza y desinfección continuada de los equipos y conductos de estos sistemas.

• Deberán retirarse las cortinas, visillos y demás elementos de tela que pudiesen retener el virus en su entramado.
Eliminar el contacto con tela tejida, tapizados, colocando una cobertura impermeable transparente, conforme lo indica la NO-2020-41525202-APN-SCS#MS. Como reemplazo de las cortinas, podrá usarse láminas films polarizadas, con excepción y atendiendo a las consideraciones de la NO-2019-74717720-APN-SSTA#MTR para los vidrios usados por el conductor (parabrisas y laterales del puesto de conducción).

Espera en las paradas
Deberán instarse los modos de comunicación de manera que la espera del transporte, en las respectivas paradas, durante el ascenso, descenso y dentro de los vehículos, los pasajeros mantengan la distancia social que se recomiende o establezca la autoridad de aplicación.
Se deberán respetar las demarcaciones señalizadas en el piso de la parada/ plataforma o las indicaciones de agentes cuando las hubiese.
• En las paradas, se ordenarán las filas de espera de manera tal que se procure el distanciamiento social, incorporando la demarcación necesaria en el suelo a tal efecto.
• Ascenso y descenso de pasajeros al vehículo Cuando el diseño de la unidad lo permita, la circulación interna dentro del vehículo deberá efectuarse desde la puerta de adelante para el ascenso de y hacia la/s puerta/s trasera/s, para el descenso de los usuarios.
• Se deberá garantizar la prioridad de ascenso a aquellas personas con movilidad reducida (puerta central con rampa).
• Excepcionalmente, en los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, se permitirá en las unidades hasta VEINTE (20) pasajeros de pie, en los espacios libres disponibles según cada tipo de vehículo. En los aglomerados, departamentos o partidos que se encuentren en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, ante el exceso de demanda, se permitirá en las unidades hasta DIEZ (10)
pasajeros de pie.
• La ocupación de la unidad se recomienda de atrás hacia adelante. Primero ocupando todos los asientos, luego formando una fila de pasajeros parados en el pasillo.
• La ocupación de pie se dará en la zona para pasajeros de movilidad reducida y el pasillo, respetando el debido distanciamiento social.

Durante el servicio
En los aglomerados, departamentos o partidos que se encuentren en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, el uso de los servicios públicos de pasajeros quedará reservado exclusivamente para aquellos pasajeros afectados a las actividades, servicios y situaciones comprendidas en los términos del artículo 11 del Decreto N° 125/21 y/o personal docente, no docente y alumnado que deba concurrir a actividades académicas presenciales, donde se hubiera autorizado, así como las personas que deban concurrir para la atención de su salud, o tengan turno de vacunación, con sus acompañantes, si correspondiere. A tal efecto, los pasajeros deberán portar el “CERTIFICADO UNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN – EMERGENCIA COVID-19” y/o exhibir el permiso emitido por la aplicación “CUIDAR” en su dispositivo móvil y/o el que en el futuro la normativa vigente requiera.
• Se promoverá el silencio durante el viaje, evitando así la dispersión de gotas y aerosoles.
• Se desalentará la ingesta de bebidas y/o comidas en el interior de las unidades.
• Se dispondrá de la cartelería y comunicación necesaria para la concientización de las nuevas medidas.

b. SERVICIO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE OFERTA LIBRE URBANO DE
PASAJEROS
Mantenimiento del nivel de servicio
Los servicios deberán prestarse con una ocupación máxima del vehículo del OCHENTA POR CIENTO (80%), de conformidad a lo establecido en la RESOL-2020-294-APN-MTR.
• Pautas de prevención para el personal de conducción
Las operadoras seleccionarán al personal de conducción y al resto del personal, de acuerdo a un orden de prioridad según los parámetros de riesgo, conforme lo determina el Ministerio de Salud. Se deberán observar las siguientes recomendaciones:

Antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los conductores y si presenta fiebre o algún síntoma de la enfermedad provocada por el virus identificado como COVID-19 (conforme lo determina el Ministerio de Salud), no deberá tomar servicio y deberá seguirse el protocolo para el personal enfermo.
Posteriormente deberá darse intervención a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que corresponda, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°367/2020 y en la Resolución Nº 38/2020 de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

• Cuando el diseño de la unidad lo permita, se deberá clausurar la puerta de ingreso que se encuentra a la derecha del conductor, habilitando la/s puertas posterior/es de la unidad, tanto para el ascenso como el descenso de los pasajeros, quedando la puerta de ingreso referida para uso exclusivo del conductor.
• En todas las unidades, se deberá instalar una aislación física que separe a los pasajeros del conductor. Ésta, deberá ser de material transparente, de manera que no se vean afectadas las condiciones de visibilidad ni comprometer las condiciones de seguridad con que deben prestarse los servicios.
• En los casos donde el diseño de las unidades no posea puerta/s posterior/es a la cabina del conductor y el ascenso/descenso de pasajeros sea por la puerta del acompañante del conductor, deberá instalarse una separación física que aísle al conductor permitiendo la utilización de todos los comandos del vehículo, así como también la visibilidad de todos los espejos retrovisores del mismo.
• En todos los casos las butacas que sean lindantes al chofer, no podrán usarse.
• Se instalará una señal de separación entre el chofer y el pasaje a 1.5 (m) del habitáculo del conductor.
Fijar en el interior de los vehículos, de manera visible a todo el pasaje, la cartelería que establezcan las Autoridades competentes en la materia, destinada a proteger la salud de conductores y pasajeros.
• En las terminales, los choferes deberán realizar su descanso manteniendo la distancia de seguridad entre sus compañeros y no deberán compartir utensilios (ej: mate).
• Será obligatorio tanto para el conductor como para los pasajeros, el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (que podrán ser reutilizables), en el marco de lo establecido en la RESOL2020- 95-APN-MTR.
• Cada pasajero deberá portar el certificado de circulación que corresponda a su actividad, conforme la normativa vigente.
• En caso de asistir a talleres de Revisión Técnica Obligatoria, debe respetarse lo dispuesto por las Resolución Nº 96/2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Acondicionamiento del vehículo
Deberán retirarse las cortinas, visillos y demás elementos de tela que pudiesen retener el virus en su entramado, con excepción de aquellos utilizados en los tapizados de las butacas y paneles laterales fijos de los vehículos. Eliminar el contacto con tela tejida, tapizados, colocando una cobertura impermeable transparente conforme lo indica la NO-2020-41525202-APN-SCS#MS. Como reemplazo de las cortinas, podrá usarse láminas films polarizadas, atendiendo a las consideraciones de la NO-2019-74717720-APNSSTAMTR para los vidrios usados por el conductor (parabrisas y laterales del puesto de conducción).

• En forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización como mínimo, el interior del vehículo deberá ser desinfectado mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoníaco u otro desinfectante que en el futuro sugiera la Autoridad Competente conforme nuevas evidencias científicas, prestando especial atención a los pasamanos, cinturones de seguridad, baños, porta-objetos, bodegas y todos los elementos que utilizan habitualmente para sujetarse los pasajeros, con las técnicas para la limpieza y desinfección de superficies indicadas por el del Ministerio de Salud conforme surgen de la NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera.
• Cuando existieran cabeceras secundarias, deberán adoptarse idénticas medidas.
Mientras el vehículo se encuentre a la espera de iniciar servicio, como así también durante su circulación, deberá permanecer con sus ventanillas abiertas para facilitar la ventilación continua. Todos los elementos de expulsión y renovación de aire interior deben estar en perfecto funcionamiento.
• Espera en las paradas; ascenso y descenso
Deberán instarse los modos de comunicación de manera que la espera del transporte, en las respectivas paradas, durante el ascenso, descenso y dentro de los vehículos, los pasajeros mantengan la distancia social que se recomiende o establezca la autoridad de aplicación.

c. SERVICIO REGULARES DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS
INTERURBANO DE JURISDICCIÓN NACIONAL.
Se deja constancia, que serán aplicables todas las medidas de prevenciones generales y comunes para los destinatarios mencionadas en el presente Protocolo en general, debiendo observarse además las siguientes medidas:

Mantenimiento del nivel de servicio
Frecuencias: se ajustarán de acuerdo a la demanda de los servicios, no pudiendo en ningún caso superar aquellas actualmente registradas para cada línea. Los horarios de los servicios deberán determinarse tomando en cuenta las tasas de ocupación de las distintas terminales de origen y destino, de tal manera que no se generen aglomeraciones de personas al ascender y descender de las unidades y en la evacuación de las terminales. Asimismo, deberán extremarse las medidas para un mejor aprovechamiento de las
diferentes infraestructuras y su capacidad instalada.
• Los operadores, en forma previa a la iniciación de cada servicio, deberán gestionar la conformidad de las Gobernadoras y los Gobernadores de Provincias y del Jefe de Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, o de la autoridad en la que éstos deleguen esa función. Esta conformidad podrá ser otorgada en un único documento o en varios, según las disposiciones aplicables en cada jurisdicción.
Conforme recomendaciones del Ministerio de Salud, los servicios deberán únicamente vincular Terminales habilitadas a este fin.
• Ocupación máxima del vehículo: extremando las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los vehículos y conforme lo dispuesto por la RESOL-2020-222-APN-MTR, y sus modificatorias, la ocupación máxima de las unidades vehiculares será del OCHENTA POR CIENTO (80%) de la cantidad de butacas disponibles para cada tipo de vehículo, no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie.

• Pautas de prevención para el personal de conducción
Las empresas prestatarias seleccionarán al personal de conducción y al resto del personal, de acuerdo a un orden de prioridad según los parámetros de riesgo, conforme lo determina el Ministerio de Salud. Se deberán observar las siguientes recomendaciones:
Antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los conductores y si presenta fiebre o algún síntoma de la enfermedad, conforme lo determina el Ministerio de Salud, no deberá tomar servicio y deberá seguirse el protocolo para el personal enfermo, debiendo la empresa transportista comunicarse con la autoridad sanitaria al teléfono 0800-222-1002 (opción 1) a efectos de recibir las instrucciones del conductor enfermo y del resto del pasaje. Posteriormente deberá darse intervención a la Aseguradora de
Riesgos del Trabajo (ART) que corresponda, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°367/2020 y en la Resolución Nº 38/2020 de la SUPERINTENDENCIA DEL RIESGO DEL TRABAJO.

• Será obligatorio tanto para el conductor como para los pasajeros, el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (que podrán ser reutilizables), en el marco de lo establecido en la RESOL2020- 95-APN-MTR.
• Asimismo y por recomendaciones del Ministerio de Salud, se atenderá la posibilidad de que los operadores de los medios de trasporte consideren ofrecer como medida de seguridad adicional a los pasajeros y tripulantes, medidas sanitarias complementarias, como por ejemplo la provisión gratuita de barbijos tricapa, en función a la duración del viaje u otras que pudieran considerar.

• El chofer y acompañante deberán mantener una distancia de seguridad de 1,5 (m).
• Si la unidad dispone de catre, cada chofer deberá contar con su ropa de cama personal.
Para el caso de que el personal de conducción deba descender del vehículo durante la prestación del servicio, deberán mantener la distancia de seguridad con la persona que se encuentren en el lugar y con sus compañeros, no pudiendo compartir utensilios con éstos últimos (ej: mate).
• Deberá fijarse cartelería ubicada en lugar visible dentro de los vehículos, en la cual se indique al pasajero que deberá respetar un límite de acercamiento al personal de conducción no inferior a 1,5 (m).
• Cuando por el diseño de las unidades vehiculares sea necesario, deberá instalarse una aislación física que separe a los pasajeros de los conductores. Ésta, será de material transparente, de manera que no se vean afectadas las condiciones de visibilidad. En ningún caso deberán comprometerse las condiciones de seguridad con que deben prestarse los servicios.
• Fijar en el interior de los vehículos, de manera visible a todo el pasaje, la cartelería que establezcan las Autoridades competentes en la materia, destinada a proteger la salud de conductores y pasajeros.
• En caso de asistir a talleres de Revisión Técnica Obligatoria, debe respetarse lo dispuesto por las Resolución Nº 96/2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
• Acondicionamiento del vehículo
En forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización como mínimo, el interior del vehículo deberá ser desinfectado mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoníaco u otro desinfectante que en el futuro se sugieran conforme nuevas evidencias científicas; prestando especial atención a los pasamanos y todos los elementos que utilizan habitualmente para sujetarse los pasajeros, según indicaciones del Ministerio de Salud conforme surgen de la NO-2020-
41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera.

Conforme a recomendaciones del Ministerio de Salud, en lo que respecta a la ventilación de los vehículos, se deberá contemplar la posibilidad de proceder al reemplazo frecuente de los filtros de los aires acondicionados, explorar la alternativa del uso de filtros HEPA portátiles o en su caso, deberá garantizarse que el sistema de aire acondicionado no funcione en modo recirculación y que cumplan con las 20 renovaciones de aire por hora, en todo el volumen de la unidad, o mejor alternativa disponible supeditadas a la evidencia científica.

Ello sin perjuicio de la necesidad de ventilar el vehículo mediante la apertura de sus ventanillas y/o puertas, mientras el vehículo se encuentre fuera de servicio, a la espera de la toma de servicio y cuando finalice el mismo.

En lo atinente a las cortinas que cubren las ventanillas de los vehículos afectados a la prestación de servicios de transporte por automotor de pasajeros, considerando que las mismas tienen un rol fundamental como barrera térmica y que hace a las veces de aislamiento, se deberán extremar las medidas de sanitización de dichos elementos, siguiendo las pautas fijadas al respecto por el Ministerio de Salud o mejor alternativa disponible supeditadas a la evidencia científica.

Respecto de los asientos de los vehículos, se deberán extremar las medidas de sanitización de dichos elementos, siguiendo las pautas fijadas al respecto por el Ministerio de Salud o mejor alternativa disponible supeditadas a la evidencia científica.
Medidas de higiene: Todas las unidades contarán dentro del sanitario con suministros de jabón. No obstante, se recomienda a los pasajeros traer consigo otros productos de protección personal como alcohol en gel, toallas higiénicas, etc. para utilizar antes, durante y después del recorrido. El material de desecho debe disponerse siguiendo las guías emitidas por el Ministerio de Salud de la Nación (Nota: NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera) y las recomendaciones de la Junta de Seguridad en el Transporte (JST), según surge del Anexo II de la Resolución 16/2020 de esa Junta de Seguridad.
En los baños se dispondrá un rociador con una solución conforme lo indica el Ministerio de Salud; debiendo informarse a los pasajeros mediante cartelería legible que al hacer uso del baño se deberán utilizar los elementos de higiene provistos, a fin de desinfectar el mismo al retirarse.

Espera; ascenso y descenso a los vehículos
De acuerdo a las recomendaciones del Ministerio de Salud, se deberá mantener un distanciamiento mínimo de dos metros entre todos los actores involucrados, tanto en la espera para abordar como para retirar las valijas de las bauleras de los vehículos.
Dentro de la unidad de transporte, se deberá cumplir con el uso permanente del cubre boca, nariz y mentón, el uso de alcohol en gel o lavado de manos, la debida ventilación y desinfección de la unidad.

En las terminales de transporte, se recomienda cumplir con ese distanciamiento de dos metros y solo facultar a limitarlo a metro y medio, cuando ello se encuentre debidamente justificado en razón de la infraestructura disponible y se asegure el cumplimiento de las medidas adicionales antes referidas.

Pautas del servicio y comportamientos durante el servicio.
Venta de pasajes: conforme lo dispone la RESOL-2020-222-APN-MTR, toda venta o reserva de pasajes, se procurará utilizar medios no presenciales de compras.
Toma de temperatura: Conforme las recomendaciones del Ministerio de Salud para las estaciones y terminales de jurisdicción provincial y municipal –detalladas en la parte general del presente- en estas locaciones se deberá implementar los mecanismos necesarios para la toma de la temperatura de todos los pasajeros.
En relación a los Concesionarios de las terminales de ómnibus que se encuentran bajo la jurisdicción de la CNRT, se procederá conforme se indica en el punto “g.” del presente Protocolo.

Del equipaje: Se procederá conforme Resolución Nº 74/2016 de la Secretaría de Gestión de Transporte y sus modificatorias, el marbete o cinta autoadhesiva, debe colocarse en las 2 categorías de equipaje mencionadas.
Listado de pasajeros: las empresas deben contar, al momento de la prestación del servicio, con la lista de pasajeros o el manifiesto del cual surja el CÓDIGO DE RESPUESTA RÁPIDA (QR) impreso, que se crea con motivo de confeccionar la misma conforme lo establecido por las Resoluciones Nros. 76/2016 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE y 1334/2016 de la COMISIÓN NACIONAL DE  REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ambas con sus modificatorias.
Dicha medida, además materializa, la necesidad dispuesta por el Ministerio de Salud de contar con la trazabilidad de los pasajeros y los tripulantes, registrando en cada viaje junto a sus datos, la identificación del asiento asignado a cada uno de ellos y conservando esa información, al menos por 14 días posteriores al viaje.
Movilidad a bordo: Se limitará la circulación de pasajeros dentro de la unidad, debiendo permanecer los mismos sentados en su butaca durante todo el recorrido, a excepción del momento que deseen utilizar el sanitario. Para ello, deberán aguardar que la señal luminosa indique que el mismo se encuentra disponible, evitando hacer una fila frente a su ingreso. En los baños se dispondrá un rociador con una solución de agua y lavandina en las proporciones que indique el Ministerio de Salud en la Nota NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera.

Deberá indicarse a los pasajeros mediante cartelería legible y en lugar visible:
a) que al hacer uso del baño se deberán utilizar los elementos de higiene provistos, a fin de desinfectar el mismo al retirarse;
b) procurar mantenerse en su asiento y evitar los movimientos dentro del vehículo
Deberán extremarse las medidas de higiene en los baños de los vehículos al momento de la prestación del servicio y la frecuencia de limpieza y desinfección en el tiempo que dure el mismo.
Alerta en recorrido: Si algún pasajero presenta síntomas de fiebre y tos, deberá ser aislado en lo posible del resto de los pasajeros y mantener una distancia de seguridad de al menos 3 (m). Debiendo ventilar la zona donde se encuentre el mismo en todo momento. El chofer deberá comunicarse con el número 0800-222-1002 opción 1, a los efectos de recibir las instrucciones respecto del pasajero enfermo y el resto del pasaje. Reforzar el lavado de manos, y la desinfección de las superficies del entorno, todo ello conforme lo
establecido por el Ministerio de Salud en su Nota NO-2020-41525202-APN-SCS#MS.
Los choferes deberán contar con un listado de los centros de salud que se encuentran en la traza que realizan, para reportar cualquier caso sospechoso o emergencia.
El material de desecho debe disponerse siguiendo las guías emitidas por el Ministerio de Salud de la Nación (Nota: NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera) y las recomendaciones de la Junta de Seguridad en el Transporte (JST), según surge del Anexo II de la Resolución 16/2020 de esa Junta de Seguridad.

Catering, máquinas de café y jugo: Siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, quedan momentáneamente suspendidos los servicios de comidas y bebidas provistos por la empresa de transporte. Los pasajeros sí podrán traer consigo provisiones para consumir durante el trayecto.

En el mismo sentido y a fin de mantener la sanidad y esterilidad de la unidad, se suspenderá momentáneamente todo material de lectura, así como también objetos como mantas, almohadas y/o auriculares; lo que será informado a los pasajeros al momento de la compra del pasaje.

d. SERVICIO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS PARA EL TURISMO
Se deja constancia, que serán aplicables todas las medidas de prevenciones generales y comunes para los destinatarios mencionadas en el presente Protocolo en general, debiendo observarse además las siguientes medidas:

Mantenimiento del nivel de servicio
En cuanto al desarrollo de la actividad, se deberán observar las estipulaciones que fije el Poder Ejecutivo Nacional (Decreto N° 494/2021, Decisión Administrativa N° 723/2021 y las que en el futuro las reemplacen).
• Los servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros para el turismo nacional deberán ajustar su operación a los efectos de prever el inicio y fin de sus servicios en terminales autorizadas por las autoridades locales correspondientes, a los fines efectos de facilitar la realización de los controles sanitarios que correspondan a usuarios y conductores.
• Las empresas de transporte por automotor para el turismo, deberán articular con las agencias de turismo o con los correspondientes organizadores de programaciones turísticas, las acciones necesarias a fin de que los pasajeros de sus servicios cuenten con la documentación que requieran las jurisdicciones a las que deban trasladarse y gestionar la conformidad de las Gobernadoras y los Gobernadores de Provincias y del
Jefe de Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, o de la autoridad en la que éstos deleguen esa función. Esta conformidad podrá ser otorgada en un único documento o en varios, según las disposiciones aplicables en cada jurisdicción.
Ocupación máxima del vehículo: con relación al aforo, se observará lo dispuesto por la Nota NO-2021-65276668-APN-DNRNTR#23MTR, emitida en consonancia con lo establecido por la RESOL-2020-222-APN-MTR, y sus modificatorias, conforme la cual, ocupación máxima de las unidades vehiculares será del OCHENTA POR CIENTO (80%) de la cantidad de butacas disponibles para cada tipo de vehículo, no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie; velando siempre por extremar las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los vehículos.

• Pautas de prevención para el personal de conducción
Las empresas prestatarias seleccionarán al personal de conducción y al resto del personal, de acuerdo a un orden de prioridad según los parámetros de riesgo, conforme lo determina el Ministerio de Salud. Se deberán observar las siguientes recomendaciones:
Antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los conductores y si presenta fiebre o algún síntoma de la enfermedad, conforme lo determina el Ministerio de Salud, no deberá tomar servicio y deberá seguirse el protocolo para el personal enfermo, debiendo la empresa transportista comunicarse con la autoridad sanitaria al teléfono 0800-222-1002 (opción 1) a efectos de recibir las instrucciones del conductor enfermo y del resto del pasaje. Posteriormente deberá darse intervención a la Aseguradora de
Riesgos del Trabajo (ART) que corresponda, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°367/2020y en la Resolución Nº 38/2020 de la SUPERINTENDENCIA DEL RIESGO DEL TRABAJO.

• Será obligatorio tanto para el conductor como para los pasajeros, el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (que podrán ser reutilizables), en el marco de lo establecido en la RESOL2020- 95-APN-MTR.
• Asimismo y por recomendaciones del Ministerio de Salud, se atenderá la posibilidad de que los operadores de los medios de trasporte consideren ofrecer como medida de seguridad adicional a los pasajeros y tripulantes, medidas sanitarias complementarias, como por ejemplo la provisión gratuita de barbijos tricapa, en función a la duración del viaje u otras que pudieran considerar.
• El chofer y acompañante deberán mantener una distancia de seguridad de 1,5 (m).
• Si la unidad dispone de catre, cada chofer deberá contar con su ropa de cama personal.
Para el caso de que el personal de conducción deba descender del vehículo durante la prestación del servicio, deberán mantener la distancia de seguridad con la persona que se encuentren en el lugar y con sus compañeros, no pudiendo compartir utensilios con éstos últimos (ej: mate).
• Deberá fijarse cartelería ubicada en lugar visible dentro de los vehículos, en la cual se indique al pasajero que deberá respetar un límite de acercamiento al personal de conducción no inferior a 1,5 (m).
• Cuando por el diseño de las unidades vehiculares sea necesario, deberá instalarse una aislación física que separe a los pasajeros de los conductores. Ésta, será de material transparente, de manera que no se vean afectadas las condiciones de visibilidad. En ningún caso deberán comprometerse las condiciones de seguridad con que deben prestarse los servicios.
• Fijar en el interior de los vehículos, de manera visible a todo el pasaje, la cartelería que establezcan las Autoridades competentes en la materia, destinada a proteger la salud de conductores y pasajeros.
• En caso de asistir a talleres de Revisión Técnica Obligatoria, debe respetarse lo dispuesto por las Resolución Nº 96/2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Acondicionamiento del vehículo
En forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización como mínimo, el interior del vehículo deberá ser desinfectado mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoníaco u otro desinfectante que en el futuro se sugieran conforme nuevas evidencias científicas; prestando especial atención a los pasamanos y todos los elementos que utilizan habitualmente para sujetarse los pasajeros, según indicaciones del Ministerio de Salud conforme surgen de la NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera.

Conforme a recomendaciones del Ministerio de Salud, en lo que respecta a la ventilación de los vehículos, se deberá contemplar la posibilidad de proceder al reemplazo frecuente de los filtros de los aires acondicionados, explorar la alternativa del uso de filtros HEPA portátiles o en su caso, deberá garantizarse que el sistema de aire acondicionado no funcione en modo recirculación y que cumplan con las 20 renovaciones de aire por hora, en todo el volumen de la unidad, o mejor alternativa disponible supeditadas a la evidencia científica.

Ello sin perjuicio de la necesidad de ventilar el vehículo mediante la apertura de sus ventanillas y/o puertas, mientras el vehículo se encuentre fuera de servicio, a la espera de la toma de servicio y cuando finalice el mismo.
En lo atinente a las cortinas que cubren las ventanillas de los vehículos afectados a la prestación de servicios de transporte por automotor de pasajeros, considerando que las mismas tienen un rol fundamental como barrera térmica y que hace a las veces de aislamiento, se deberán extremar las medidas de sanitización de dichos elementos, siguiendo las pautas fijadas al respecto por el Ministerio de Salud o mejor alternativa disponible supeditadas a la evidencia científica.

Respecto de los asientos de los vehículos, se deberán extremar las medidas de sanitización de dichos elementos, siguiendo las pautas fijadas al respecto por el Ministerio de Salud o mejor alternativa disponible supeditadas a la evidencia científica.
Medidas de higiene: Las unidades que posean sanitario, dentro del mismo deberán contar con suministros de jabón. No obstante, se recomienda a los pasajeros traer consigo otros productos de protección personal como alcohol en gel, toallas higiénicas, etc. para utilizar antes, durante y después del recorrido.
El material de desecho debe disponerse siguiendo las guías emitidas por el Ministerio de Salud de la Nación (Nota: NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera) y las recomendaciones de la Junta de Seguridad en el Transporte (JST), según surge del Anexo II de la Resolución 16/2020 de esa Junta de Seguridad.

En las unidades que posean baños, se dispondrá un rociador con una solución conforme lo indica el Ministerio de Salud; debiendo informarse a los pasajeros mediante cartelería legible que al hacer uso del baño se deberán utilizar los elementos de higiene provistos, a fin de desinfectar el mismo al retirarse.

Espera; ascenso y descenso a los vehículos
En forma previa al ingreso al vehículo, los pasajeros de sus servicios deberán contar con la documentación que requieran las jurisdicciones a las que deban trasladarse conforme lo dispuesto por la RESOL-2020-222-APN-MTR y sus modificatorias.
De acuerdo a las recomendaciones del Ministerio de Salud, se deberá mantener un distanciamiento mínimo de dos metros entre todos los actores involucrados, tanto en la espera para abordar como para retirar las valijas de las bauleras de los vehículos.
Dentro de la unidad de transporte, se deberá cumplir con el uso permanente del cubre boca, nariz y mentón, el uso de alcohol en gel o lavado de manos, la debida ventilación y desinfección de la unidad.

En las terminales de transporte, se recomienda cumplir con ese distanciamiento de dos metros y solo facultar a limitarlo a metro y medio, cuando ello se encuentre debidamente justificado en razón de la infraestructura disponible y se asegure el cumplimiento de las medidas adicionales antes referidas.
Al momento del embarque procurará minimizar la interacción entre pasajeros y tripulación, dependiendo de las características de la unidad vehicular puesta a disposición del servicio, primero deberán ascenderán los que ocupan las ultimas butacas, los últimos en subir serán los que ocupen butacas de adelante y la parte inferior si es vehículo doble piso.
Pautas del servicio y comportamientos durante el servicio.
Toma de temperatura: Conforme las recomendaciones del Ministerio de Salud para las estaciones y terminales de jurisdicción provincial y municipal –detalladas en la parte general del presente- en estas locaciones se deberá implementar los mecanismos necesarios para la toma de la temperatura de todos los pasajeros.
En relación a los Concesionarios de las terminales de ómnibus que se encuentran bajo la jurisdicción de la CNRT, se procederá conforme se indica en el punto “g.” del presente Protocolo.

Del equipaje: Se procederá conforme Resolución Nº 74/2016 de la Secretaría de Gestión de Transporte y sus modificatorias, el marbete o cinta autoadhesiva, debe colocarse en las 2 categorías de equipaje mencionadas.
Documento Universal de Transporte (DUT)/ Listado de pasajeros: las empresas deben contar, al momento de la prestación del servicio, con el DUT impreso, conforme lo establecido por la Resolución N° 39/2019 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.

Las empresas de transporte por automotor para el turismo deben contar, al momento de la prestación del servicio, con la lista de pasajeros. Dicha medida, además materializa, la necesidad dispuesta por el Ministerio de Salud de contar con la trazabilidad de los pasajeros y los tripulantes, registrando en cada viaje junto a sus datos, la identificación del asiento asignado a cada uno de ellos y conservando esa información, al menos por 14 días posteriores al viaje.
Movilidad a bordo: Se limitará la circulación de pasajeros dentro de la unidad, debiendo permanecer los mismos sentados en su butaca durante todo el recorrido, a excepción del momento que deseen utilizar el sanitario. Para ello, deberán aguardar que la señal luminosa indique que el mismo se encuentra disponible, evitando hacer una fila frente a su ingreso.

En los baños se dispondrá un rociador con una solución de agua y lavandina en las proporciones que indique el Ministerio de Salud en la Nota NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera.
Deberá indicarse a los pasajeros mediante cartelería legible y en lugar visible:
a) que al hacer uso del baño se deberán utilizar los elementos de higiene provistos, a fin de desinfectar el mismo al retirarse;
b) procurar mantenerse en su asiento y evitar los movimientos dentro del vehículo
Deberán extremarse las medidas de higiene en los baños de los vehículos al momento de la prestación del servicio y la frecuencia de limpieza y desinfección en el tiempo que dure el mismo.

Alerta en recorrido: Si algún pasajero presenta síntomas de fiebre y tos, deberá ser aislado en lo posible del resto de los pasajeros y mantener una distancia de seguridad de al menos 3 (m). Debiendo ventilar la zona donde se encuentre el mismo en todo momento. El chofer deberá comunicarse con el número 0800-222-1002 opción 1, a los efectos de recibir las instrucciones respecto del pasajero enfermo y el resto del pasaje. Reforzar el lavado de manos, y la desinfección de las superficies del entorno, todo ello conforme lo establecido por el Ministerio de Salud en su Nota NO-2020-41525202-APN-SCS#MS.
Los choferes deberán contar con un listado de los centros de salud que se encuentran en la traza que realizan, para reportar cualquier caso sospechoso o emergencia.
El material de desecho debe disponerse siguiendo las guías emitidas por el Ministerio de Salud de la Nación (Nota: NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera) y las recomendaciones de la Junta de Seguridad en el Transporte (JST), según surge del Anexo II de la Resolución 16/2020 de esa Junta de Seguridad.
Catering, máquinas de café y jugo: Siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, quedan momentáneamente suspendidos los servicios de comidas y bebidas provistos por la empresa de transporte. Los pasajeros sí podrán traer consigo provisiones para consumir durante el trayecto.

En el mismo sentido y a fin de mantener la sanidad y esterilidad de la unidad, se suspenderá momentáneamente todo material de lectura, así como también objetos como mantas, almohadas y/o auriculares; lo que será informado a los pasajeros al momento de la compra del pasaje.
e. SERVICIO CONTRATADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR INTERURBANO DE
PASAJEROS
Se deja constancia, que serán aplicables todas las medidas de prevenciones generales y comunes para los destinatarios mencionadas en el presente Protocolo en general, debiendo observarse además las siguientes medidas:

Mantenimiento del nivel de servicio
Como principio general, los Servicios Contratados de Transporte Interurbano de Pasajeros, deberán ajustar su operación a los efectos de prever el inicio y fin de sus servicios, en terminales autorizadas por las autoridades locales correspondientes, a los efectos de facilitar la realización de los controles sanitarios que correspondan a usuarios y conductores. No obstante, cuando la actividad del contratante así lo requiera y conforme la propia definición del servicio, los viajes podrán tener origen y/o destino en las locaciones fijadas en los respectivos contratos (Ej. Actividad minera, petrolera, pesca, etc.).
• Las empresas de transporte por automotor Contratado Interurbano, deberán articular con los contratantes, las acciones necesarias a fin de que los pasajeros de sus servicios cuenten con la documentación que requieran las jurisdicciones a las que deban trasladarse y gestionar la conformidad de las Gobernadoras y los Gobernadores de Provincias y del Jefe de Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, o de la autoridad en la que éstos deleguen esa función. Esta conformidad podrá ser otorgada en un único documento o en varios, según las disposiciones aplicables en cada jurisdicción.
• Ocupación máxima del vehículo: extremando las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los vehículos y conforme lo dispuesto por la RESOL-2020-222-APN-MTR, y sus modificatorias, la ocupación máxima de las unidades vehiculares será del OCHENTA POR CIENTO (80%) de la cantidad de butacas disponibles para cada tipo de vehículo, no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie.
• Pautas de prevención para el personal de conducción
Las empresas prestatarias seleccionarán al personal de conducción y al resto del personal, de acuerdo a un orden de prioridad según los parámetros de riesgo, conforme lo determina el Ministerio de Salud. Se deberán observar las siguientes recomendaciones:
Antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los conductores y si presenta fiebre o algún síntoma de la enfermedad, conforme lo determina el Ministerio de Salud, no deberá tomar servicio y deberá seguirse el protocolo para el personal enfermo, debiendo la empresa transportista comunicarse con la autoridad sanitaria al teléfono 0800-222-1002 (opción 1) a efectos de recibir las instrucciones del conductor enfermo y del resto del pasaje. Posteriormente deberá darse intervención a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que corresponda, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°367/2020 y en la Resolución Nº 38/2020 de la SUPERINTENDENCIA DEL RIESGO DEL TRABAJO.
• Será obligatorio tanto para el conductor como para los pasajeros, el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (que podrán ser reutilizables), en el marco de lo establecido en la RESOL2020- 95-APN-MTR.
• Asimismo y por recomendaciones del Ministerio de Salud, se atenderá la posibilidad de que los operadores de los medios de trasporte consideren ofrecer como medida de seguridad adicional a los pasajeros y tripulantes, medidas sanitarias complementarias, como por ejemplo la provisión gratuita de barbijos tricapa, en función a la duración del viaje u otras que pudieran considerar.

• El chofer y acompañante deberán mantener una distancia de seguridad de 1,5 (m).
• Si la unidad dispone de catre, cada chofer deberá contar con su ropa de cama personal.
•Para el caso de que el personal de conducción deba descender del vehículo durante la prestación del servicio, deberán mantener la distancia de seguridad con la persona que se encuentren en el lugar y con sus compañeros, no pudiendo compartir utensilios con éstos últimos (ej: mate).
•Deberá fijarse cartelería ubicada en lugar visible dentro de los vehículos, en la cual se indique al pasajero que deberá respetar un límite de acercamiento al personal de conducción no inferior a 1,5 (m).
• Cuando por el diseño de las unidades vehiculares sea necesario, deberá instalarse una aislación física que separe a los pasajeros de los conductores. Ésta, será de material transparente, de manera que no se vean afectadas las condiciones de visibilidad. En ningún caso deberán comprometerse las condiciones de seguridad con que deben prestarse los servicios.
• Fijar en el interior de los vehículos, de manera visible a todo el pasaje, la cartelería que establezcan las Autoridades competentes en la materia, destinada a proteger la salud de conductores y pasajeros.
• En caso de asistir a talleres de Revisión Técnica Obligatoria, debe respetarse lo dispuesto por las Resolución Nº 96/2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
• Acondicionamiento del vehículo
En forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización como mínimo, el interior del vehículo deberá ser desinfectado mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoníaco u otro desinfectante que en el futuro se sugieran conforme nuevas evidencias científicas; prestando especial atención a los pasamanos y todos los elementos que utilizan habitualmente para sujetarse los pasajeros, según indicaciones del Ministerio de Salud conforme surgen de la NO-2020- 41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera.
Conforme a recomendaciones del Ministerio de Salud, en lo que respecta a la ventilación de los vehículos, se deberá contemplar la posibilidad de proceder al reemplazo frecuente de los filtros de los aires acondicionados, explorar la alternativa del uso de filtros HEPA portátiles o en su caso, deberá garantizarse que el sistema de aire acondicionado no funcione en modo recirculación y que cumplan con las 20 renovaciones de aire por hora, en todo el volumen de la unidad, o mejor alternativa disponible supeditadas a la evidencia científica.
Ello sin perjuicio de la necesidad de ventilar el vehículo mediante la apertura de sus ventanillas y/o puertas, mientras el vehículo se encuentre fuera de servicio, a la espera de la toma de servicio y cuando finalice el mismo.
En lo atinente a las cortinas que cubren las ventanillas de los vehículos afectados a la prestación de servicios de transporte por automotor de pasajeros, considerando que las mismas tienen un rol fundamental como barrera térmica y que hace a las veces de aislamiento, se deberán extremar las medidas de sanitización de dichos elementos, siguiendo las pautas fijadas al respecto por el Ministerio de Salud o mejor alternativa disponible supeditadas a la evidencia científica.
Respecto de los asientos de los vehículos, se deberán extremar las medidas de sanitización de dichos elementos, siguiendo las pautas fijadas al respecto por el Ministerio de Salud o mejor alternativa disponible supeditadas a la evidencia científica.
Medidas de higiene: Las unidades que posean sanitario, dentro del mismo deberán contar con suministros de jabón. No obstante, se recomienda a los pasajeros traer consigo otros productos de protección personal como alcohol en gel, toallas higiénicas, etc. para utilizar antes, durante y después del recorrido.
El material de desecho debe disponerse siguiendo las guías emitidas por el Ministerio de Salud de la Nación (Nota: NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera) y las recomendaciones de la Junta de Seguridad en el Transporte (JST), según surge del Anexo II de la Resolución 16/2020 de esa Junta de Seguridad.
En las unidades que posean baños, se dispondrá un rociador con una solución conforme lo indica el Ministerio de Salud; debiendo informarse a los pasajeros mediante cartelería legible que al hacer uso del baño se deberán utilizar los elementos de higiene provistos, a fin de desinfectar el mismo al retirarse.Espera; ascenso y descenso a los vehículos
En forma previa al ingreso al vehículo, los pasajeros de sus servicios deberán contar con la documentación que requieran las jurisdicciones a las que deban trasladarse conforme lo dispuesto por la RESOL-2020- 222-APN-MTR y sus modificatorias.
De acuerdo a las recomendaciones del Ministerio de Salud, se deberá mantener un distanciamiento mínimo de dos metros entre todos los actores involucrados, tanto en la espera para abordar como para retirar las valijas de las bauleras de los vehículos.
Dentro de la unidad de transporte, se deberá cumplir con el uso permanente del cubre boca, nariz y mentón, el uso de alcohol en gel o lavado de manos, la debida ventilación y desinfección de la unidad.
En las terminales de transporte, se recomienda cumplir con un distanciamiento de dos metros y solo facultar a limitarlo a metro y medio, cuando ello se encuentre debidamente justificado en razón de la infraestructura disponible y se asegure el cumplimiento de las medidas adicionales antes referidas.
Al momento del embarque procurará minimizar la interacción entre pasajeros y tripulación, dependiendo de las características de la unidad vehicular puesta a disposición del servicio, primero deberán ascenderán los que ocupan las ultimas butacas, los últimos en subir serán los que ocupen butacas de adelante y la parte inferior si es vehículo doble piso.
Pautas del servicio y comportamientos durante el servicio.
Toma de temperatura: Conforme las recomendaciones del Ministerio de Salud para las estaciones y terminales de jurisdicción provincial y municipal –detalladas en la parte general del presente- en estas locaciones se deberá implementar los mecanismos necesarios para la toma de la temperatura de todos los pasajeros.
En relación a los Concesionarios de las terminales de ómnibus que se encuentran bajo la jurisdicción de la CNRT, se procederá conforme se indica en el punto “g.” del presente Protocolo.
Del equipaje: Se procederá conforme Resolución Nº 74/2016 de la Secretaría de Gestión de Transporte y sus modificatorias, el marbete o cinta autoadhesiva, debe colocarse en las 2 categorías de equipaje mencionadas.
Documento Universal de Transporte (DUT)/ Listado de pasajeros: las empresas deben contar, al momento de la prestación del servicio, con el DUT impreso, conforme lo establecido por la Resolución N° 39/2019 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.

Las empresas de transporte por automotor para el turismo deben contar, al momento de la prestación del servicio, con la lista de pasajeros. Dicha medida, además materializa, la necesidad dispuesta por el Ministerio de Salud de contar con la trazabilidad de los pasajeros y los tripulantes, registrando en cada viaje junto a sus datos, la identificación del asiento asignado a cada uno de ellos y conservando esa información, al menos por 14 días posteriores al viaje.
Movilidad a bordo: Se limitará la circulación de pasajeros dentro de la unidad, debiendo permanecer los mismos sentados en su butaca durante todo el recorrido, a excepción del momento que deseen utilizar el sanitario. Para ello, deberán aguardar que la señal luminosa indique que el mismo se encuentra disponible, evitando hacer una fila frente a su ingreso.
En los baños se dispondrá un rociador con una solución de agua y lavandina en las proporciones que indique el Ministerio de Salud en la Nota NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera.
Deberá indicarse a los pasajeros mediante cartelería legible y en lugar visible:
a) que al hacer uso del baño se deberán utilizar los elementos de higiene provistos, a fin de desinfectar el mismo al retirarse;
b) procurar mantenerse en su asiento y evitar los movimientos dentro del vehículo
Deberán extremarse las medidas de higiene en los baños de los vehículos al momento de la prestación del
servicio y la frecuencia de limpieza y desinfección en el tiempo que dure el mismo.
Alerta en recorrido: Si algún pasajero presenta síntomas de fiebre y tos, deberá ser aislado en lo posible del resto de los pasajeros y mantener una distancia de seguridad de al menos 3 (m). Debiendo ventilar la zona donde se encuentre el mismo en todo momento. El chofer deberá comunicarse con el número 0800-222-1002 opción 1, a los efectos de recibir las instrucciones respecto del pasajero enfermo y el resto delpasaje. Reforzar el lavado de manos, y la desinfección de las superficies del entorno, todo ello conforme lo establecido por el Ministerio de Salud en su Nota NO-2020-41525202-APN-SCS#MS.
Los choferes deberán contar con un listado de los centros de salud que se encuentran en la traza que realizan, para reportar cualquier caso sospechoso o emergencia.
El material de desecho debe disponerse siguiendo las guías emitidas por el Ministerio de Salud de la Nación (Nota: NO-2020-41525202-APN-SCS#MS emitida por dicha cartera) y las recomendaciones de la Junta de Seguridad en el Transporte (JST), según surge del Anexo II de la Resolución 16/2020 de esa Junta de Seguridad.

Catering, máquinas de café y jugo: Siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, quedan momentáneamente suspendidos los servicios de comidas y bebidas provistos por la empresa de transporte. Los pasajeros sí podrán traer consigo provisiones para consumir durante el trayecto. En el mismo sentido y a fin de mantener la sanidad y esterilidad de la unidad, se suspenderá momentáneamente todo material de lectura, así como también objetos como mantas, almohadas y/o auriculares; lo que será informado a los pasajeros al momento de la compra del pasaje.
f. TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS GENERALES Y PELIGROSAS
En todo aquello que no contradiga con lo establecido en las Resoluciones Conjunta RESFC-2020-4-APN-MI y RESFC-2020-5-APN-MI, suscriptas por los Ministerios de TRANSPORTE, del INTERIOR, de AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, de SEGURIDAD, de SALUD y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, se mantienen vigentes las siguientes:

Pautas de prevención para el personal de conducción Las empresas prestatarias seleccionarán al personal de conducción y al resto del personal, de acuerdo a un orden de prioridad según los parámetros de riesgo, conforme lo determina el Ministerio de Salud.

Se deberán observar las siguientes recomendaciones:
Antes de tomar servicio, los choferes no deberán presentar ningún síntoma de la enfermedad, conforme lo determina el Ministerio de Salud.
• Los choferes deberán contar con los insumos de protección básicos conforme a las recomendaciones del Ministerio de Salud.
• Será obligatorio cuando se comparta cabina para el conductor y acompañante, el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (que podrán ser reutilizables).
• Queda prohibido compartir utensilios (ej: mate).
• El chofer deberá comunicarse con el número 0800-222-1002 opción 1, a los efectos de recibir las instrucciones en caso de presentarse sintomático él o su acompañante. Posteriormente deberá darse intervención a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que corresponda, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°367/2020 y en la Resolución Nº 38/2020 de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
• En caso de asistir a talleres de Revisión Técnica Obligatoria, debe respetarse lo dispuesto por las Resolución Nº 96/2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
• (Los choferes afectados al transporte internacional que ingresen al país, también quedan exceptuados del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, siempre que estuvieren asintomáticos).

Acondicionamiento del vehículo
• En forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización como mínimo, el interior del vehículo deberá ser desinfectado mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoníaco u otro desinfectante aprobado según indicaciones del Ministerio de Salud.
• Mientras el vehículo se encuentre a la espera de iniciar servicio, como así también durante su circulación, deberá permanecer ventilado.
• Los vehículos deberán ser higienizados y desinfectados mediante un rociador con una sustancia desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoníaco u otro desinfectante aprobado por el Ministerio de Salud.

Documentación
A bordo de cada unidad, deberá portarse:
Un listado de los centros de salud que se encuentran en la traza que realizan, para reportar cualquier emergencia.
• La declaración jurada emitida por las empresas transportistas, conforme lo establecido en la Resolución N° 84/2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACION y en el transporte Internacional la establecida en la Disposición N° 3025 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

g. TERMINALES DE ÓMNIBUS Y TERMINALES FERROAUTOMOTORAS
Los Concesionarios de las terminales de ómnibus que se encuentran bajo la jurisdicción de la CNRT deberán dar cumplimiento en el ámbito de sus instalaciones, a todas las medidas de seguridad e higiene que propendan a resguardar a los usuarios del contagio del virus identificado como COVID-19.

Al efecto, se establecen las siguientes pautas mínimas:
• Deberán establecerse accesos independientes para el ingreso y egreso.
• Deberá realizarse el control de temperatura a toda persona que ingrese a las Terminales en los accesos habilitados a tal fin.
• Habilitar salas de espera exclusivas para personas que revistan factor de riesgo.
Deberá aumentarse la frecuencia para la limpieza de los baños y los lugares públicos de las Terminales, la que deberá ser efectuada con productos desinfectantes y con una frecuencia proporcional al flujo de personas que circulen en las mismas.
• Incrementar el cuidado del personal y del público usuario mediante la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el MINISTERIO DE SALUD, en lugares de fácil acceso.
• Supervisar que los suministros para el lavado de manos (es decir, jabón, toallas desechables) estén constantemente disponibles.
• En todos los espacios destinados a la espera o circulación de pasajeros se dispondrán los espacios de circulación, filas y asientos de manera que se permita mantener una distancia mínima de 2 metros de separación, pudiendo limitarse a metro y medio, cuando ello se encuentre debidamente justificado en razón de la infraestructura disponible y se asegure el cumplimiento del uso permanente del cubre boca, nariz y mentón. Esta medida será implementada a través de medios visuales como demarcación en suelo, penalización de asientos contiguos, señalética y comunicación gráfica.
• Los locales comerciales que se encuentren autorizados a funcionar, conforme a la reglamentación general deberán cumplir, además de las pautas generales establecidas en el presente, aquellos protocolos específicos que correspondan a su actividad.
• Distribuir y notificar un protocolo que obligue a los arrendatarios o concesionarios de servicios de la terminal a efectuar las limpiezas periódicas de los locales y los bienes objeto de los alquileres y concesiones, efectuándose especial atención en relación a los utensilios de cocina y servicio de mesas de los bares y restaurantes que operan en las terminales.
•  Las Concesionarias deberán arbitrar las medidas tendientes a impedir la aglomeración de personas, disponiendo a través de los medios de difusión correspondientes que los pasajeros que no necesiten asistencia y que se encuentren en compañía de familiares, amigos u otros, se les recomiende retirarse de la terminal y que las personas mantengan entre sí las distancias aconsejadas por el Ministerio de Salud.
• Queda prohibido el acceso a salas de espera y plataformas, de personas que no harán uso del servicio de transporte, a excepción de aquellos que requieran asistencia. Deberá indicarse esto en forma permanente por sistemas de parlantes y por los medios tecnológicos que se dispongan en cada caso para la comunicación al público usuario.
• Deberán preverse dársenas de arribo y de partida, debidamente identificadas, de modo que los pasajeros que se encuentran para abordar, no tengan contacto con quienes descienden de las unidades de transporte
• El uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (que podrán ser reutilizables), será obligatorio para todo el personal que desarrolle tareas en la Terminal y para todo aquel que ingrese a la misma.
• Deberán implementarse barreras físicas como protección en puestos con contacto directo con el público.
• Las terminales deberán contar con espacios de aislamiento y protocolos de actuación en caso de que alguna persona presente síntomas del virus COVID-19.
• El uso de ascensores quedará limitado a personas con movilidad reducida y cochecitos de bebé, pudiendo hacer uso de los mismos por grupo familiar o de acompañamiento.
• Las recomendaciones de prevención, como las pautas de ingreso y permanencia dentro de las Terminales, deberán ser difundidas en la página web del concesionario, como así también en las pantallas y parlantes con una frecuencia de 15 minutos.
• Estará a cargo del personal de los Concesionarios, el control del distanciamiento social en filas y salas de espera, como así también en el ingreso a sector plataformas, el que deberá realizarse por grupos reducidos de personas

 

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Plan de Recuperación de Actividades: Ampliación del uso del Transporte Público

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Tras los anuncios del Presidente Alberto Fernández y la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia 494/2021, que redefine los parámetros de alarma epidemiológica y sanitaria en el país con relación al COVID-19 y contemplando el avance en el plan de vacunación, se ampliará la capacidad de pasajeros y pasajeras ante la necesidad de las personas de movilizarse en transporte público.

Desde hoy ampliaron la capacidad permitida en colectivos, trenes y subtes en el AMBA

En línea con lo dispuesto en el último DNU y en la Decisión Administrativa 793/2021, en vistas del avance del plan de vacunación y con el objetivo de acompañar el programa de recuperación de actividades anunciado por el presidente Fernández, el Ministerio de Transporte de la Nación establecerá, a través de una resolución, la ampliación del uso del transporte público en zonas que no sean consideradas de alto riesgo. No obstante, se mantiene la recomendación de utilizar medios alternativos de movilidad personal siempre que sea posible, a los fines de evitar aglomeraciones en el transporte público, en especial durante los períodos denominados de hora pico.

COLECTIVOS

Por decisión de la cartera nacional de transporte conducida por el ministro Alexis Guerrera se implementarán medidas para ampliar la capacidad de personas en las líneas de colectivos urbanos y suburbanos. Los mismos deberán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles, con excepción de los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, donde podrá ampliarse hasta 20 pasajeros y pasajeras de pie.

TRENES

Respecto a los servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros metropolitanos y regionales de jurisdicción nacional, los mismos deberán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles, y en horarios de mayor demanda podrán incorporar hasta 4 personas paradas por metro cuadrado.

SUBTES

La Ciudad de Buenos Aires incrementará la cantidad permitida de pasajeros en el subte. De acuerdo a la evolución del promedio de contagios diarios, al nivel de camas ocupadas en el sistema de salud, a la aceleración en el proceso de vacunación y al incremento de la demanda en el subte —actualmente se realizan entre el 25% y 30% de los viajes pre-pandemia—, se decidió junto al Ministerio de Salud de CABA ampliar la capacidad a 40 personas paradas por coche además de las sentadas. Los controles continuarán en las distintas estaciones de la red de subtes para cumplir con la nueva capacidad permitida y se le pedirá a los usuarios que en la medida de lo posible eviten viajar en horas pico (entre las 7 y las 9 de la mañana y entre las 4 y las 7 de la tarde).

CONSIDERACIONES

Cabe destacar que en función de lo determinado en el último DNU, en caso de haber un aumento de casos, originado por ejemplo a raíz de una creciente circulación comunitaria de la variante Delta, y la situación epidemiológica se vea comprometida pasando de zona de riesgo medio a estado de alarma, se retrotraerá la medida hasta que sanitariamente estén dadas las condiciones de regreso. En pos de un alcance federal de la normativa, se invita a las provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y distintos municipios a adherir.

A la par de estas medidas, que entrarán en vigencia desde la publicación de la norma en el Boletín Oficial, el Ministerio de Transporte de la Nación recomienda que las empresas prestatarias de los servicios involucrados garanticen la máxima frecuencia de sus servicios, con especial énfasis en los horarios de mayor demanda de los servicios, pudiendo preverse el inicio de los recorridos en lugares de gran aforo de usuarios, tomando en cuenta la disponibilidad de vehículos y personal de conducción habilitados; contar con una correcta ventilación en los vehículos; dar estricto cumplimiento a los Protocolos que determine el “Comité de Crisis Prevención Covid-19 en el Transporte Automotor” y el “Comité De Crisis Prevención Covid-19 En El Transporte Ferroviario”, que funcionan bajo la órbita de la Comisión Nacional De Regulación De Transporte (CNRT).

También se solicita extremar los recaudos para la desinfección e higiene de los vehículos, cumpliendo, como mínimo, con la totalidad de las medidas que determine la autoridad sanitaria y exigir el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón durante todo el viaje y durante el tiempo de espera para ascender al mismo, sea en paradas o en estaciones y/o apeaderos.

Asimismo, en línea con lo anunciado por el Presidente en torno a la responsabilidad y el cuidado, se mantiene la recomendación de utilizar transportes alternativos para garantizar la fluidez en los accesos interjurisdiccionales y con el objetivo de continuar evitando aglomeraciones en el transporte público. Al respecto, el primer mandatario subrayó que “este plan elaborado para la recuperación actividades de manera responsable y cuidadosa tiene como objetivo de que no sature el sistema de salud”.

FRECUENCIAS TRENES AMBA
Línea Mitre

Formaciones disponibles: 19
Servicios diarios (días hábiles): 291
Frecuencias
Tigre – Retiro (hora pico): 16 minutos
Tigre – Retiro (hora valle): 16
Suárez- Retiro (hora pico): 15
Suárez- Retiro (hora valle): 20
Mitre- Retiro (hora pico): 30
Mitre- Retiro (hora valle): 30
– Limitado Belgrano R-Bartolomé Mitre por obras de la parrilla de Retiro

Línea Sarmiento

Formaciones disponibles: 21
Servicios diarios (días hábiles): 219
Frecuencias
Once – Moreno (hora pico): 7 / 8
Once – Moreno (hora valle): 12

Línea San Martín

Formaciones disponibles: 15
Servicios diarios (días hábiles): 123
Frecuencias
Pilar – Retiro (hora pico): 12
Pilar – Retiro (hora valle): 20

Línea Belgrano Sur

Formaciones disponibles: 15
Servicios diarios (días hábiles): 146
Frecuencias
Catán – Sáenz (hora pico y valle): 17
Marinos del Crucero General Belgrano – Sáenz (hora pico y valle): 41
Catán – Marcos Paz: 8 servicios diarios. Tramo inaugurado el 29 de
julio

Línea Roca

Formaciones disponibles: 46
Servicios diarios (días hábiles): 715
Frecuencias
Ezeiza – P. Constitución (hora pico y valle): 12
Korn – P. Constitución (hora pico y valle): 12
Bosques – P. Constitución (hora pico y valle): 12
La Plata – P. Constitución (hora pico y valle): 24 (desde Berazategui
12)

PARQUE AUTOMOTOR AMBA

Actualmente, de un total de 8.462 unidades, que corresponden a las líneas de la 1 a la 199 bajo jurisdicción nacional y controladas por la CNRT (Comisión Nacional de Regulación del Transporte), se verifica que 7.548 se encuentran en circulación (viernes 06/08/2021), es decir una disponibilidad del 89%. Además, el número de usuarios promedios del último mes (julio) se mantiene en promedio un 44% por debajo de la media un día hábil previo a la pandemia.

Turismo en Bondi: 5 lugares para pasear con la Línea 39

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Revista Colectibondi lanzó en Julio de 2021 una nueva sección denominada «Turismo en Bondi» en donde iremos publicando diversas líneas de colectivos y sus puntos de atracción turística e importantes del recorrido.

Las líneas se irán publicando de manera «random», es decir, sin orden numérico.

Ahora es el turno de la Línea 39, Transportes Santa Fe

¡Mirá la galería con 5 puntos importantes y turísticos a lo largo de su recorrido!

  1. Palermo Hollywood
  2. Jardín Botánico
  3. Tribunales
  4. Teatro Colón
  5. Museo Histórico Nacional (Parque Lezama)

 

Fuente:

Revista Colectibondi

GCBA Turismo

¿Por qué Warren Buffet quiere invertir más en BYD?

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Warren Buffett acierta en muchas inversiones con su estrategia de comprar y mantener. Y es evidente que lo está haciendo de nuevo con los coches eléctricos y más concretamente con la marca china BYD. Para los inversores que invierten en esta tecnología, su posición es un ejemplo de como discurrirá el futuro del sector.

Charlie Munger, antiguo socio de Buffett, había visto que uno de los principales valores de BYD era uno de sus técnicos. Wang Chuanfu, el químico e investigador que está detrás de los principales avances de BYD, que llevó a Berkshire a comprar una participación del 10% en la empresa por unos 230 millones de dólares en 2008.

El valor de las participaciones de Berkshire Hathaway en BYD, uno de los fabricantes de coches y baterías para coches más antiguos de China, se ha disparado este año: El precio de las acciones de BYD ha subido casi un 30%. Buffett ha apoyado a BYD durante más de una década, con una participación que ha ido aumentando hasta llegar a un estimado del 22% en la empresa que cotiza en Hong Kong.

BYD ha redoblado sus esfuerzos en la fabricación de baterías asequibles a gran escala, y ha apostado por la tecnología para lograr ese objetivo. En sus resultados anuales de 2020, la empresa dijo que abandonaría los planes de adopción de baterías de níquel-cobalto-manganeso (NCM) en la que han apostado la mayoría de los fabricantes de coches y baterías, y en su lugar han centrado toda su atención en el llamado litio-ferrofosfato (LFP) para su batería Blade, que salió al mercado a principios del año pasado.

BYD podría estar marcando la estrategia del mercado de baterías

La apuesta de BYD por el LFP está cambiando las reglas del juego. Es más barato y más fácil de usar y promete dotar a los coches eléctricos de una mayor autonomía. Además, la batería en hoja de Blade ocupa menos espacio y reduce el peso del coche, otro problema con el que los fabricantes de automóviles han tenido que lidiar. BYD ha conseguido rebajar los costes en casi un 30% y reducir el número de piezas, al tiempo que ha aumentado la eficiencia.

Los fabricantes de automóviles se están dando cuenta de que éste es el camino a seguir. Tesla está probando la batería Blade de BYD para su Modelo Y, según informan los medios chinos. Por su parte, empresas como Volkswagen quieren fabricar sus propios sistemas de propulsión. Incluso para uno de los mayores fabricantes de automóviles del mundo, se trata de una tarea difícil que probablemente no dará resultados a corto plazo.

El reconocimiento por parte de Berkshire de la experiencia de Wang y del valor de la química de las baterías ha resultado ser una victoria. BYD podría ser un modelo al que los inversores deberían prestar atención.

 

Fuente:

Mint

India: La ciudad de Mumbai suma 340 buses eléctricos fabricados por TATA Motors

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Tata Motors entregó el sábado 35 autobuses eléctricos a Brihanmumbai Electric Supply and Transport (BEST), que brinda servicio de transporte en autobús en Mumbai, como parte de un pedido más grande de 340 autobuses eléctricos.

Los autobuses eléctricos de CA Tata Starbus de 35 plazas fueron señalizados por el ministro jefe de Maharashtra, Uddhav Thackeray.

«Los autobuses son adquiridos por BEST bajo la iniciativa FAME II del Gobierno de la India, y la entrega es parte del primer Contrato de Costo Bruto (GCC) de BEST», dijo la compañía en un comunicado.

La empresa Tata Group construirá, desplegará, mantendrá y operará la infraestructura de carga completa junto con los autobuses. Tata Motors entregará el resto del pedido de manera escalonada, según el cronograma, dijo.

Los autobuses de 12 metros de largo están equipados con características avanzadas como mecanismo de elevación, asientos ergonómicos, interiores espaciosos, provisiones de servicios públicos como puertos de carga y amplios pasajes de entrada y salida.

«Los autobuses totalmente eléctricos vienen con Sistema de Transporte Inteligente (ITS), sistema telemático, sistema de frenado regenerativo, entre otras características para un funcionamiento eficiente y sin problemas. Los autobuses han sido probados y validados exhaustivamente por Tata Motors en diversos terrenos y condiciones y están diseñados para ofrecer un alto nivel de rendimiento «, dijo la empresa.

Tata Motors ha suministrado hasta ahora 525 autobuses eléctricos en varios estados, que acumulan más de 15 millones de kilómetros.

La compañía ha estado trabajando en tecnología de combustibles alternativos para proporcionar soluciones de movilidad y transporte respetuosas con el medio ambiente, incluida la tecnología de pilas de combustible de hidrógeno, GNC, GNC, GNC, eléctricas y baterías eléctricas. También ha recibido un pedido de 15 autobuses de pila de combustible de hidrógeno de Indian Oil Corporation Ltd.

«Tata Motors ha estado a la vanguardia de la innovación tecnológica con combustibles verdes y ha estado liderando las soluciones de movilidad eléctrica en el país. La entrega de estos autobuses fortalecerá aún más nuestra asociación con BEST y ayudará en la movilidad masiva ecológica para la ciudad de Mumbai. La iniciativa única ‘One Tata’ aprovechará las competencias centrales de varias empresas del Grupo Tata para ofrecer la mejor comodidad, rendimiento y bajo costo de operaciones «, dijo el vicepresidente de la línea de productos de Tata Motors – Buses Rohit Srivastava.

El Número del Día: 158 buses eléctricos fabricados por Bluebus sumará la ciudad de París

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Se espera que Bluebus entregue hasta 158 autobuses eléctricos en París, tras la licitación máxima adjudicada en 2019 y el acuerdo marco de 2021 recién firmado por un período máximo de 4 años. La empresa francesa ganó el concurso junto con Heuliez Bus / Iveco y Alstom.

Francia: Bluebus entregará hasta 158 e-buses en París para 2023

Llegaron los Todobus Retiro a la Línea 135

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Transportes Lope De Vega comienza su renovación de unidades. La empresa posee un parque repleto de TodoBus Pompeya II sobre chasis MT15.0 LE y algunos Metalpar Iguazú II sobre chasis MT12.

Ahora, la carrocera TodoBus mostró el primer Retiro que tendrá la línea, que llega con nuevo esquema de pintura exterior manteniendo el verde y blanco y ventanillas comunes pero con paños móviles pequeños en su parte superior.

El Interno 929 actualmente es un Metalpar Iguazú de 2011, el cual será reemplazado por el moderno Retiro 2021. Restará la renovación de 12 unidades más similares que se encuentran al límite del vencimiento estipulado por Ley de los 10 años en servicio.

 

Azerbaiyán: Desembarcarán 50 unidades fabricadas por Otokar propulsadas a GNC

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Otokar, la principal marca de autobuses de Turquía, no ralentiza las exportaciones. Al ofrecer viajes cómodos y seguros a millones de pasajeros con sus más de 50 mil autobuses en 35 países del mundo, Otokar recibió un pedido de 50 autobuses urbanos a gas natural de Azerbaiyán para ser utilizados en el transporte público de Bakú.

Otokar, una de las empresas del Grupo Koç, sigue creciendo en los mercados de exportación con sus propios autobuses diseñados y fabricados. Otokar, cuyos autobuses se utilizan en más de 50 países, especialmente en Europa, ha recibido recientemente un pedido de 50 autobuses urbanos a GNC de la empresa líder de transporte público de Azerbaiyán, Xaliq Faiqoglu. Los pedidos de 48 KENT de 12 metros de GNC y 2 de 18,75 metros de fuelle KENT de GNC que se producirán de acuerdo con las necesidades del transporte público de Bakú comenzarán este año y se prevé que se completen en el primer trimestre de 2022.

El gerente general Serdar Görgüç declaró que está muy contento de exportar los autobuses urbanos de Otokar, que es la primera opción de las capitales europeas con sus casi 60 años de experiencia en el sector del transporte público, capacidad de ingeniería y vehículos, a Azerbaiyán; “Estamos contentos de que nuestros vehículos, que son la primera opción en el transporte público urbano en muchos países europeos, especialmente en Francia, Italia, España, Alemania y Rumanía, así como en Turquía, pronto estarán también en Azerbaiyán. Este pedido es también el pedido de exportación más grande que hemos recibido para vehículos a GNC. Estamos muy orgullosos de que nuestros autobuses diseñados y fabricados en Turquía se utilicen en las principales ciudades del mundo ”.

AUMENTARÁ LA COMODIDAD EN EL TRANSPORTE PÚBLICO

Görgüç dijo que se producirán 48 KENT y 2 vehículos articulados de GNC KENT de acuerdo con las necesidades de transporte público de Bakú. “Los autobuses KENT, que produciremos de acuerdo con las demandas del operador de autobuses urbanos más grande del país, Xaliq Faiqoglu, que ha estado prestando servicios en Azerbaiyán durante casi 20 años, ofrecerán una comodidad inigualable en los servicios de transporte público de Bakú con su gran volumen interior y características. . «

SERÁ UN APOYO PARA COMBATIR EL CAMBIO CLIMÁTICO Y LA CONTAMINACIÓN DEL AIRE

Al señalar que los municipios y los operadores de autobuses han recurrido a vehículos ecológicos en los últimos años debido al cambio climático y la contaminación del aire, Görgüç dijo: “Tenemos una experiencia significativa en vehículos de combustibles alternativos, especialmente autobuses eléctricos. Hemos gastado 10.000 millones de TL en I + D en los últimos 1,3 años para elevar el nivel de vida de las generaciones futuras con productos eficientes, ecológicos e innovadores. Hemos desarrollado el primer autobús eléctrico, el primer híbrido, a GNC y el primer autobús seguro de Turquía con la fuerza que obtenemos de nuestros estudios de I + D. Cada día, más de 35 mil de nuestros autobuses ofrecen oportunidades de viaje cómodas y seguras a millones de pasajeros. Nuestros autobuses 2022, cuyas entregas comenzarán este año y se completarán en el primer trimestre de 50,

Los autobuses KENT también llaman la atención por su aspecto interior y exterior moderno, su motor ecológico y su excelente adherencia a la carretera. Los autobuses KENT de Bakú, que ofrecerán bajos costos operativos por asiento, prometen un viaje cómodo en todas las estaciones con su potente aire acondicionado. El vehículo que ofrece la máxima seguridad con ABS, ASR, frenos de disco y sistema anti-jamming en las puertas; Promete un alto nivel de comodidad en el transporte público. Otokar KENT también destaca por su gran capacidad de pasajeros.

¿Te acordás de las viejas líneas de colectivos de Mendoza? Esta cuenta de TikTok las muestra con videos nostálgicos

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Sí se pueden ver imágenes del 140, 170 y 190 con su características apariencias de mediados de los 90 e incluso algunos lucen lucen el tradicional fileteado argentino.

Una cuenta de la red social TikTok publica videos antiguos de las viejas líneas de colectivos que transitaban por Mendoza antes de la llegada del Mendotran.El usuario @colesdelsur comparte imágenes de archivo donde se puede ver cómo lucían los colectivos antes de que cambiarán, el modelo, los colores y los números de cada línea.

@colesdelsur##Guaymallen ##GodoyCruz ##Maipu ##Mendoza ##Colectivos ##Bus ##Autobus ##Omnibus ##Argentina ##MercedesBenz ##Tiktok ##Motor ##Transporte ##foryoupage ##parati

♬ Where Is the Love (Originally Performed By the Black Eyed Peas & Justin Timberlake) [Karaoke Version] – Hit Tunes Karaoke

Sí se pueden ver imágenes del 140, 170 y 190 con su características apariencias de mediados de los 90 e incluso algunos lucen lucen el tradicional fileteado argentino que acompañó a los micros de toda Argentina.

Además, se pueden ver un Mercedes Benz con “trompita” probablemente los vehículos más antiguos que hoy en día sólo se pueden ver tirados en el campo o en alguna chacarita.

Las imágenes tienen cientos de comentarios de nostálgicos que recuerdan haber abordado alguna de esas unidades para ir a trabajar, pasear o ir a la escuela.

Cambio y modernización

Aunque los modelos, los colores incluso los recorridos de los colectivos fueron cambiando a lo largo de los años, la mayor modificación ocurrió en el 2018 cuando el gobierno empezó con las modificaciones en el sistema de transporte público y la eventual llegada del Mendotran.

Luego de la llamada a licitación por parte del Gobierno las empresas cambiaron de recorridos y de apariencia. Así las líneas se convirtieron en grupos, que van del 1 al 9. Las unidades se modernizaron y cada grupo fue identificado con un color distinto.

También cambió la forma de pago. La Mendobus desplazó al boleto, después la tarjeta RedBus desplazó a la Mendobus y finalmente la SUBE dejó a la RedBus en el pasado.

 

Fuente:

Los Andes

Francia: Bluebus entregará hasta 158 e-buses en París para 2023

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Se espera que Bluebus entregue hasta 158 autobuses eléctricos en París, tras la licitación máxima adjudicada en 2019 y el acuerdo marco de 2021 recién firmado por un período máximo de 4 años. La empresa francesa ganó el concurso junto con Heuliez Bus / Iveco y Alstom.

Se espera que Bluebus entregue hasta 158 autobuses eléctricos en París, tras la licitación máxima adjudicada en 2019 y el acuerdo marco de 2021 recién firmado por un período máximo de 4 años. La empresa francesa ganó el concurso junto con Heuliez Bus / Iveco y Alstom. A principios de este año, también en el marco de la misma licitación, Bluebus recibió 100 e-buses de RATP .

Bluebus, una subsidiaria del Grupo Bolloré, se ha adjudicado uno de los contratos de RATP por cuarta vez como parte del ambicioso “Plan Bus 2025” de RATP para desarrollar una red de transporte baja en carbono en el área de Ile de France. Luego, Bluebus suministrará el 35% de los autobuses eléctricos que se entregarán en 2022-2023. Este contrato podría cubrir un total máximo de 158 vehículos, dice la compañía.

131 Bluebus e-buses ya están en funcionamiento en París

Después de ganar los dos primeros programas de prueba de autobuses 100% eléctricos en 2014 y 2017, así como parte de la licitación masiva de 2019, 131 Bluebus de 12 metros están ahora en operación en Ile de France y otros 192 están actualmente en producción.

El Bluebus de 12 metros tiene capacidad para 109 pasajeros y tiene un alcance de 320 kilómetros. Los vehículos están equipados con paquetes de baterías avanzados de «estado sólido» que ofrecen una alta densidad de energía y una seguridad óptima. Estas baterías, al igual que las Bluebus, se fabrican íntegramente en las fábricas del Grupo Bolloré, en Bretaña, fomentando así el empleo en Francia y asegurando un ciclo de producción controlado con alto rendimiento medioambiental.

“Nos gustaría agradecer a RATP e Ile De France Mobilités por la confianza que han depositado constantemente en nosotros desde el inicio de nuestra colaboración en 2014. Estamos muy motivados y orgullosos de ser parte de este ambicioso proyecto, que tiene como objetivo proporcionar a Ile de Francia con un sistema de transporte público urbano ecológico y libre de carbono para 2025 ”, dice Jean-Luc Monfort , presidente de Bluebus.

LESA, crónicas urbanas: los bondis clase B de González Catán

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Suelen tener una frecuencia de 20 minutos y los mismos colectivos suelen hacer el recorrido una y otra vez, sin parar.

Los “truchitos de Catán» son colectivos irregulares que circulan por los barrios más picantes de González Catán. Se meten en los lugares donde los colectivos de línea, ni siquiera llegan.
Los “truchitos” son históricos en la zona, funcionan hace más de 30 años, todos los vecinos alguna vez lo tomaron.
Suelen tener una frecuencia de 20 minutos y los mismos colectivos suelen hacer el recorrido una y otra vez, sin parar.
Los boletos son genéricos y cuestan $25 por persona. Se le paga en efectivo al colectivero, que te devuelve un boleto antiguo de colectivo. Sin embargo, el boleto solo es figurativo ya que el servicio no cuenta con seguro ni cobertura de ningún tipo.
Los “truchitos” cuentan con dos líneas, una llega hasta el barrio San Javier (Oro verde) y el otro hasta el barrio San Pedro, uno de los barrios más picantes de la zona a diferencia de las líneas regulares, que viajan por las avenidas principales.
El “truchito” no tiene paradas estipuladas, cada vecino baja en la esquina que necesita. El servicio está disponible de 4 AM. a 2 AM. aproximadamente.

Los vecinos desde hace años hacen los pedidos para que puedan regularlos y de esa manera poder viajar asegurados y pagar con la tarjeta SUBE pero nunca tuvieron respuestas favorables frente al pedido.

 

Fuente:

Telefé

El Número del Día: 30 Marcopolo Torino 0 km sumó TAMSE en Córdoba

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El intendente Martín Llaryora anunció la compra de 30 autobuses 0 km para TAMSE. Con esta adquisición, duplicarán su flota actual de buses. Los mismos están equipados con puertos USB, wi-fi y cámaras de seguridad.

Son chasis Mercedes Benz e implicaron una inversión de más de 530 millones de pesos.

Córdoba: TAMSE suma 30 Marcopolo Torino 0 km

Dinamarca: Los e-buses Solaris desembarcan en el transporte público de la mano de la aerolínea Aarbus

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Solaris Bus & Coach y la aerolínea danesa AarBus (anteriormente denominada: Busselskabet Aarhus Sporveje) han firmado un acuerdo para la entrega de  29 autobuses eléctricos : 6 Solaris Urbino 12 eléctricos y 23 articulados Urbino 18 eléctricos. De acuerdo con el contrato, los autobuses de cero emisiones se entregarán a Aarhus a mediados de 2022.

Ubicada en la península de Jutlandia, la ciudad de Aarhus es la segunda ciudad más grande de Dinamarca y la primera en poner en servicio autobuses eléctricos Solaris. Carrier AarBus ha encargado 6 autobuses Urbino 12 eléctricos de 12 metros y 23 Urbino 18 eléctricos articulados.

Autobuses eléctricos Solaris en Aarhus, Dinamarca

Los autobuses eléctricos de Urbino puestos en servicio estarán equipados con baterías Solaris High Energy. Las baterías, con una capacidad total de 440 kWh, se instalarán en los vehículos articulados, mientras que en los autobuses más cortos la energía se almacenará en baterías con una capacidad total superior a los 260 kWh . Ambos modelos de Urbino se recargarán mediante una toma de carga convencional en el depósito así como un pantógrafo invertido. Los autobuses de 12 m son impulsados ​​por un motor central, mientras que los articulados están equipados con ZF AxTrax.

Los asientos están adaptados a las rutas suburbanas. El autobús eléctrico Urbino 12 ofrecerá 35 plazas a bordo, mientras que el Urbino 18 eléctrico, por su parte, dispondrá de 55 plazas para los pasajeros.

“Nos alegró mucho recibir la noticia de que Dinamarca se unió al grupo de países con autobuses Solaris de cero emisiones en sus calles. Me siento honrado de que los primeros autobuses eléctricos de nuestra marca lleguen a la ciudad de Aarhus, con la que hemos estado colaborando durante años. Los vehículos ofrecerán más comodidad de viaje a los pasajeros y contribuirán a un aire más limpio y menores niveles de ruido en toda la ciudad. Es maravilloso observar el desarrollo dinámico de una red de transporte eléctrico en Europa y ser parte de esa revolución verde al mismo tiempo ”, dijo Petros Spinaris , director ejecutivo adjunto de Solaris para ventas, marketing y posventa .

Los primeros autobuses Solaris llegaron a Aarhus en 2006. Desde entonces, Solaris ha suministrado casi 200 autobuses en total a la ciudad danesa, de los cuales aprox. 140 todavía están en funcionamiento. El autobús Solaris número 200 que llegará a Aarhus será uno de los autobuses eléctricos recién pedidos. En los últimos meses, un número creciente de clientes europeos ha optado por adquirir vehículos que mejoran la calidad de vida en pueblos y ciudades. Solaris es líder europeo en la transformación del transporte público. Hasta el momento, la empresa ha entregado más de 1000 autobuses eléctricos a sus clientes.

 

El Número del Día: 53 VDL Futuras FDD2-141 de dos pisos desembarcarán en Irlanda

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Las unidades se presentaron el día 1 de agosto. Con ellas, BBus refuerza sus operaciones de transporte público en las regiones de Riga, Saldus y Kuldiga.

El pedido de BBus es el cuarto pedido consecutivo de VDL Bus & Coach en el que se utiliza el modelo Futura en el sector del transporte metropolitano: a finales del año pasado VDL hizo su debut en el transporte urbano e interurbano en Islandia con 5 Futuras, este mes Bus Éireann desplegó 30 autocares Futura para su transporte comercial interurbano en Irlanda y este año se entregarán 53 Futuras FDD2-141 de dos pisos más a la Autoridad Nacional de Transporte de Irlanda (NTA), para ser utilizados en servicios de autobuses regionales y de cercanías.

VDL Bus & Coach desembarca en el transporte público de Letonia

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