Quiénes son los únicos que podrán usar el transporte público a partir del viernes

Alberto Fernández confirmó que en la reunión que mantuvo con el gobernador bonaerense, Axel Kicillof, y el vicejefe de Gobierno porteño, Diego Santilli, definieron que en el AMBA sólo estarán habilitados a utilizarlo los trabajadores esenciales y que, por ende, reforzarán los controles para garantizar el cumplimiento de la medida.

Tal como se venía especulando, a partir del “minuto 1″ del viernes, sólo los trabajadores esenciales podrán utilizar el transporte público en el Área Metropolitana de Buenos Aires. Así lo decidieron el presidente Alberto Fernández, el gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, y el vicejefe de Gobierno porteño, Diego Santilli, en la reunión que mantuvieron en la Quinta de Olivos, a raíz del aumento de casos positivos de coronavirus registrados en los últimos días.

De esta manera, los demás permisos otorgados previamente caducarán y deberán ser tramitados nuevamente a través de la aplicación Cuidar. Este jueves, las autoridades brindarán mayores precisiones sobre la revalidación de esas habilitaciones, los controles que se llevarán a cabo para garantizar el cumplimiento de la medida y reconfirmarán cuáles son los rubros considerados esenciales.

Sin embargo, desde la Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Trabajo, le adelantaron a Infobae que se trataría del listado de 24 actividades que formó parte del Decreto 297/2020. Es decir, la normativa original que dictó el Presidente el 20 de marzo para establecer el aislamiento preventivo, social y obligatorio. En el artículo 6° de ese texto, se determinó que “quedan exceptuadas de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios”:

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Personal afectado a obra pública.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

“Tenemos que bajar el nivel de tránsito para bajar los contagios. Hoy tuvimos una mirada común en la reunión que mantuvimos con Diego Santilli y Axel Kicillof”, señaló Alberto Fernández en una entrevista concedida al canal Telefé. Asimismo, el Presidente aseguró que en los últimos días “aumentaron los contagios, la movilidad y la ocupación hospitalaria”, por lo que llamó a “estar atentos” y señaló que el coronavirus “circula en todos los barrios”. De ese diagnóstico surgió la necesidad de restringir aún más el uso del transporte público en el AMBA y, en consecuencia, la decisión de tramitar nuevamente todos los permisos que se habían extendido previamente.

En cuanto a la cantidad de infectados, desde el Ministerio de Salud de la Nación informaron este miércoles que durante las últimas 24 horas se registraron 35 muertes y 1.393 nuevos casos positivos por coronavirus. De esta forma, el total de infectados en todo el país asciende a 35.552 y las víctimas fatales suman 913. Además, a partir de los datos brindados, se pudo conocer que la transmisión comunitaria, es decir, que no se puede determinar cómo se infectó la persona, se convirtió en el principal motivo de contagio de coronavirus en el país (40.6%).

En esa dirección, la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, detalló que este tipo de contagio se produce en el Área Metropolitana de Buenos Aires (Capital Federal y los 40 partidos del conurbano bonaerense que la rodean); en la provincia de Chaco, en Resistencia, Barranqueras, Fontana y Puerto Vilelas; en la ciudad de Córdoba; en Río Negro, en Bariloche, Cipoletti y General Roca; y en Chubut, en la ciudad de Trelew.

En cuanto al AMBA, desde que comenzó la pandemia se registraron 16.292 casos positivos en la Ciudad de Buenos Aires y 15.345 en la Provincia (la mayoría en los partidos del conurbano que integran al Área Metropolitana). Así, entre ambos distritos acumulan 31.637 de los 35.552 contagios confirmados en todo el país hasta el momento, lo que implica el 89 por ciento.

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