Santa Fe: Autobuses Santa Fe, la firma que evalúa despidos, enfrenta una causa de evasión por más de $50 millones

La Justicia debe definir si confirma el procesamiento para los directivos de la empresa de colectivos que se encuentran implicados en una millonaria evasión de los aportes de la Seguridad Social. Este lunes, la empresa anunció que analiza despedir al 20% del personal por la crisis del sector.

Autobuses Santa Fe, la empresa de colectivos que evalúa despedir el 20% de su personal, afronta en la actualidad una causa en la cual la Justicia federal investiga a sus directivos por una millonaria evasión fiscal.

Por el caso se encuentran procesados tanto el actual, como el exgerente de la empresa: Lucas Fernández (actual director) y Miguel Ramón Jaime Zamora, ambos imputados por la presunta «evasión agravada, en forma reiterada, de los recursos de la Seguridad Social y la simulación dolosa de pago» entre el 2014 y el 2016.

Aquella resolución (05 de abril de 2019) estuvo a cargo del juez federal N°1 de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez y fue en base a una investigación que inició la Sección Penal Tributaria de la Afip de Santa Fe y que impulsó en su momento el fiscal federal, Walter Rodríguez, cuando se encontraba a cargo de la Fiscalía N°1 (actualmente con Gustavo Onel a la cabeza).

En concreto, el juez Rodríguez determinó procesar a Zamora y Fernández por considerar que existe un claro estado de sospecha de que los ejecutivos, en distintos periodos, incorporaron montos de retenciones que fueron inexistentes en las declaraciones juradas mensuales a los aportes y contribuciones de la Seguridad Social. Tales retenciones compensaron las contribuciones de la carga social y por lo tanto redujeron el saldo a pagar llevándolo a monto cero, según develó la pesquisa judicial.

Los periodos fiscales que investiga la Justicia parten de 2014 y fueron hasta el 2016: periodo fiscal 04/2014, por el monto de $2.287.831,63.-; 05/2014, por la suma de $ 2.440.147, 05.-; 06/2014, por el monto de $ 3.334.258, 25.-; 07/2014, por la suma de $ 3.140.401,87.-; 08/2014, por el monto de $3.920.838,70.-; 09/2014, por la suma de $ 3.891.798,19.-; 10/2014, por el monto de $ 4.167.963,70.- 11/2014, por la suma de $ 3.974.835,50.-; 12/2014, por el monto de $ 6.770.134,02.-; 01/2015, por la suma de $ 4.935.179,64.-; 02/2015, por el monto de $ 4.714.148,49.-; 03/2015, por la suma de $ 4.632.378,50.- y 04/2015, por el monto de $ 4.694.714,84.-. Para los investigadores, la evasión al fisco de tales periodos generó un perjuicio económico que asciende a $ 52.904.630,38.

El juez Rodríguez consideró además que, si bien Zamora como también Fernández estuvieron en distintas etapas al frente de la administración de la empresa (el primero desde el 27 de julio del 2012 hasta el 20 de abril del 2016 y el segundo es el Gerente actual) los dos desplegaron maniobras idénticas que se basaron en incorporar en sus declaraciones juradas retenciones inexistentes a fines de simular con ellas el pago de las contribuciones de la Seguridad Social.

Aquel fallo de Rodríguez fue apelado por la defensa de los imputados a cargo de Martín Avalos, quien recurrió a un tribunal de la Cámara de Federal Apelaciones de Rosario para revocar la medida tras sostener que el procesamiento “vulneró el principio de congruencia”, ya que los elementos que surgen de la causa difieren sustancialmente de los relatos efectuados.

Mediante un escrito presentado ante la Sala B de la Cámara, el letrado indicó que en la causa que fue probado el concurso preventivo que atraviesa en la actualidad la empresa y que provocó la cesación de pagos. Dicho medida judicial es tramitada en el Juzgado de Primera Instancia de la 3° Nominación de tribunales.

En ese aspecto, Avalos destacó ante el estrado federal que dicha cesación de pagos se caracterizó por la detención del “servicio de caja y por la incapacidad de pagar” y que pese a continuar el deudor con la propiedad de los bienes, “su poder se encuentra restringido, limitado o incluso neutralizado”.

Por otro lado, el abogado también se quejó de las declaraciones testimoniales de los agentes de la Afip, ya que indicó que siendo los agentes fiscales dependientes jerárquica y económicamente de AFIP-DGI, “su valor no puede ser tenido en cuenta en el proceso, porque de ninguna manera podrán haber dicho nada que pueda perjudicar a las pretensiones del organismo, o beneficiar a los denunciados”.

En tanto, cuestionó que “nunca se consideró lo sostenido por sus defendidos en cuanto a que toda la operatoria se generó de forma transparente pretendiendo utilizar créditos fiscales que efectivamente la empresa tenía a su favor, y que en lugar de establecerlo como compensaciones se los registró, por un error material de tipo, solo en el sistema, como retenciones, lo que obviamente no efectuaron ni Zamora ni Fernández”. Finalmente Avalos pidió al tribunal que revoque el procesamiento de ambos defendidos.

Ante tal pedido de la defensa los jueces camaristas, Guillermo Toledo y Aníbal Pineda, oficiaron al Juzgado Federal N°1, el 5 de febrero de este año, para que envíe las pruebas que constan en la causa para así determinar que medida adopta sobre el procesamiento dictado por Rodríguez.

 

Fuente:

Aire de Santa Fe

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