El Gobierno realizó cambios en la Ley de Tránsito a través de un decreto que publicó este martes en el Boletín Oficial. Muchos de los cambios estaban incluidos en la Ley Bases original.
El Gobierno Nacional publicó este martes en el Boletín Oficial el Decreto 196/2025 con una profunda modificación de la Ley Nacional de Tránsito 24.449 que incluye reformas a la tramitación y renovación de la licencia de conducir, a los requisitos de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y los registros profesionales, entre otras cuestiones.
Tal como lo había anticipado el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, con la resolución se apunta a «agilizar trámites administrativos y reducir costos para los conductores«.
VTV. El Decreto 196/25 con firma de @JMilei, @GAFrancosOk y @LuisCaputoAR incorpora importantes cambios en los trámites de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) también conocida como VTV. El tema ha sido objeto de mucho debate público. Algunos sugirieron eliminarla (aduciendo que… pic.twitter.com/xPBUaahBc6
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) March 18, 2025
El documento contempla varios puntos, que abarcan desde una simplificación de trámites para los autos importados, hasta el formato y validez de las licencias de conducir particulares.
Otro de los puntos centrales es la esperada apertura de las revisiones técnicas obligatorias (VTV) para autos particulares y especialmente para el transporte pesado de cargas y pasajeros.
Uno de los principales cambios tiene que ver con que la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país. Para su renovación, los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera online, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años.
Para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico.
Por su parte, los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio durante los primeros seis meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.
Con respecto a los conductores profesionales de cargas generales y transporte de pasajeros, se elimina la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI).
Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y/o E (profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
LeytransitoDe los 11 puntos que se modifican, uno ya se había adelantado en los últimos días de la semana pasada, y era el referido a la simplificación del trámite por el cual se pueden homologar trailers y casas rodantes, para evitar las dobles certificaciones que existían hasta esta reforma.
En el decreto publicado este martes, se agregan también los mismos requisitos simplificados para la importación. Todo se resolvió con la creación de un nuevo documento llamado Certificado de Seguridad Vehicular (CSV), que se podrá extender tanto para unidades fabricadas en Argentina como importadas desde otros países.
Fuente:
Boletín Oficial