Autorizan a los colectivos de más de 10 años a circular, siempre que cumplan con la revisión técnica

El Ministerio de Transporte estableció que los vehículos modelo 2008 afectados al 30 de abril de 2019 a la prestación de Servicios Públicos de Pasajeros por Automotor de Carácter Urbano y Suburbano de Jurisdicción Nacional y de Oferta Libre, podrán continuar prestando servicios hasta el 31 de agosto de 2019, siempre y cuando cuenten con la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vigente.

Según la resolución 70/2019 publicada este martes en el Boletín Oficial, el artículo 53 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, establece la prohibición de utilizar unidades con más de 10 años de antigüedad para el transporte automotor de pasajeros. Así, desde la cartera de Guillermo Dietrich autorizan el funcionamiento de estos vehículos, aunque hayan pasado el tiempo límite de utilización.

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Asimismo, según determina la normativa vigente en la actualidad, se prescribe la posibilidad de disponer mayores plazos de antigüedad en tanto se ajusten a limitaciones de uso, tipo y cantidad de carga, velocidad y otras que se les fije en el Reglamento y en la Revisión Técnica Obligatoria.

“Con el propósito de preservar las exigencias y reglas de seguridad para la prestación del servicio de transporte de pasajeros, facultó a la entonces Secretaría de Transporte, a establecer las condiciones a las que deberán sujetarse, para poder continuar en servicio, las unidades de transporte”, explica el texto oficial.

En este contexto, la Asociación Civil Transporte Automotor (A.C.T.A.), la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros (C.E.A.P.), la Cámara Empresaria del Transporte Urbano y Suburbano de Buenos Aires (C.E.T.U.B.A.), y la Cámara del Transporte de la Provincia de Buenos Aires (C.T.P.B.A.), solicitaron se extienda la prórroga, permitiendo la continuidad de la utilización de vehículos modelo año 2008.

De esta forma, de la órbita de Transporte destacan que “las dificultades para llevar a cabo la renovación del parque móvil automotor en la actualidad, atento el cierre de las principales carroceras lo cual hace imposible el cumplimiento en tiempo y forma de la renovación requerida”.

Así, en relación a la medida manifestaron que “resulta oportuno y conveniente extender la continuidad de la prestación de las unidades modelo año 2008 que realicen servicios de transporte automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano de jurisdicción nacional, hasta el día 31 de agosto de 2019”.

 

Fuente:

Boletin Oficial

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