El Gobierno nacional formalizó la recomposición acordada entre el sindicato y cuatro cámaras empresarias del transporte automotor de pasajeros. El entendimiento contempla mejoras salariales, una gratificación no remunerativa y contribuciones destinadas a la entidad gremial.
El Gobierno nacional homologó el acuerdo salarial celebrado entre la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y las principales cámaras empresarias del transporte automotor de pasajeros.
La medida fue formalizada mediante la Disposición 329/2026 de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, publicada el 13 de agosto de 2026 en el Boletín Oficial.
El entendimiento comprende a los trabajadores y empresas alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo 460/73 y fue suscripto por la UTA junto con la Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (AAETA), la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros (CEAP), la Cámara Argentina de Transporte Automotor de Pasajeros (CATAP) y la Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI).
Recomposición salarial y gratificación no remunerativa
De acuerdo con el texto oficial, el convenio establece una recomposición salarial para los trabajadores representados por la UTA. También contempla el pago de una gratificación extraordinaria de carácter no remunerativo y contribuciones empresarias destinadas a la organización sindical.
La homologación otorga reconocimiento administrativo al entendimiento y vuelve exigibles las obligaciones asumidas por las partes dentro del ámbito correspondiente.
La disposición también ordena registrar el acuerdo y remitir las actuaciones para evaluar la fijación del promedio de las remuneraciones, dato utilizado para determinar el tope indemnizatorio previsto por la legislación laboral.
Los valores, períodos de aplicación y modalidades de pago se encuentran establecidos en el acuerdo incorporado como anexo de la disposición.
Un nuevo componente para la estructura de costos
La formalización llega en un escenario en el que las empresas de transporte vienen advirtiendo sobre el crecimiento de sus costos operativos, especialmente aquellos relacionados con salarios, combustibles, mantenimiento y renovación de unidades.
El impacto concreto dependerá de los montos y plazos incluidos en el convenio, así como del universo de trabajadores y empresas alcanzadas. Sin embargo, los salarios representan uno de los principales componentes del costo de explotación del transporte automotor de pasajeros.
Por ese motivo, la recomposición podría incorporarse a futuras discusiones sobre la actualización de las estructuras de costos, las compensaciones estatales y los cuadros tarifarios. Esto último constituye una posible consecuencia económica y no una decisión establecida por la disposición.
La norma tampoco dispone aumentos de tarifas ni modificaciones en los subsidios. Su alcance directo es laboral: homologa el acuerdo celebrado entre el sindicato y las cámaras empresarias.
Qué sectores están alcanzados
La participación de AAETA, CEAP, CATAP y CELADI muestra que el entendimiento comprende distintos segmentos del transporte automotor de pasajeros, incluyendo empresas urbanas, suburbanas y de larga distancia alcanzadas por el convenio colectivo citado.
La homologación aporta así un nuevo elemento a la situación económica del sector, que deberá absorber la recomposición salarial mientras continúa el debate sobre el financiamiento del sistema, la renovación de las flotas y la relación entre tarifas, costos e ingresos empresariales.
La Resolución Oficial
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