A través del decreto 1440, el gobierno adhirió a la norma nacional para que retomen el servicio los colectivos de media y larga distancia y el servicio de trenes. Cómo se podrá viajar
El gobierno de la provincia de Santa Fe adhirió a la resolución del gobierno nacional respecto al retorno de los servicios de los viajes de micros de media y larga distancia y de trenes a través de la publicación del decreto 1440 que lleva la firma del gobernador Omar Perotti.
La norma establece en su artículo 1º que «en el desarrollo de los servicios de transporte automotor y ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional, deberán aplicarse los protocolos respectivamente elaborados por el «Comité de Crisis Prevención COVID-19 para el Transporte Automotor» y el «Comité de Crisis Prevención COVID-19 para el Transporte Ferroviario, creados por la Resolución N° 60 de fecha 13 de marzo de 2020 del Ministerio de Transporte de la Nación, los que dicte y actualice la Comisión Nacional de Regulación del Transporte ( CNRT) ; las especificaciones complementarias del presente Decreto y los protocolos provinciales vigentes dictados de conformidad con los lineamientos y recomendaciones del Ministerio de Salud de la Provincia».
Decreto de Adhesion Al Regreso Del Transporte de Media y Larga Distancia en Santa Fe by Colectibondi on Scribd
De esta forma, la provincia se adecuó a la disposición nacional que establece topes en el traslado de pasajeros y normas estrictas de protocolo para viajar por el país. En cuanto al tope de pasajeros en los micros de media y larga distancia de acuerdo a la capacidad de cada unidad, que en el caso de los servicios ferroviarios será de un 60 por ciento, y detalló los requisitos que deben cumplir las empresas pero también las personas que decidan viajar por el país en transporte terrestre durante la próxima temporada de verano.
Para los micros de media y larga distancia, la capacidad máxima será de 37 pasajeros para los coches semicama, de 26 para los cama ejecutivo y de 18 en los cama suite.
En todos los casos, se tendrá que proveer de tapabocas a conductores y empleados. A su vez, se deberá tomar la temperatura de los trabajadores, tripulantes y pasajeros, y cumplir con estrictas normas de ventilación, desinfección y limpieza de espacios comunes y sanitarios.
Por otra parte, recomienda que en las unidades se implemente una separación física que divida a usuarios y conductores y que la misma sea de material transparente, de manera de no afectar las condiciones de visibilidad ni comprometer la seguridad para brindar los servicios.
Aire renovado
En cuanto al uso del aire acondicionado, deberá funcionar en modo recirculación y cumplir con las 20 renovaciones de aire por hora en toda la unidad, y aunque permanezca encendido durante el trayecto, será necesario mantener la totalidad de las ventanillas abiertas.
Plan de Emergencia Covid-19 Para El Transporte Automotor by Colectibondi on Scribd
Fuente:
Diario UNO
Boletin Oficial
Ministerio de Salud
Ministerio de Transporte
CNRT